A Coruña, 23 sep.- El juzgado de primera instancia número 5 de A Coruña ha admitido la demanda interpuesta por un pequeño empresario coruñés al que se le comercializaron en el mercado secundario preferentes de Caixanova en agosto de 2011.
Este juzgado ha emitido hoy una sentencia en la que estima la demanda de nulidad de la venta de preferentes y anula el contrato de adquisición en la cuantía de 20.040 euros.
Teniendo en cuenta que el demandante percibió el 19 de julio 7.944,28 euros gracias al mecanismo de liquidez ofertado por el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) en el marco de la reestructuración de los productos híbridos de NCG Banco, la condena judicial se centra en los 12.095,72 euros restantes.
La sentencia considera probado que el demandante era cliente minorista con un perfil conservador y ahorrador y pese a ello le fue vendido un producto de alto riesgo.
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