También tiene letra pequeña

Nuda propiedad: la forma de vender tu casa al jubilarte y seguir viviendo en ella

La nuda propiedad permite recibir el dinero de la venta y seguir viviendo en la casa. Un método que da  la oportunidad a los jubilados de conseguir ingresos extra.

Una hipoteca.
Nuda propiedad: la forma de vender tu casa al jubilarte y seguir viviendo en ella
Imagen de Alexandr Podvalny en Pixabay

La pensión media de jubilación en España se sitúa actualmente en los 1.182,07 euros. Sin embargo, este importe no es el que perciben la mayoría de los jubilados, pues, en muchas situaciones, estos cobran mucho menos o incluso la pensión mínima, que se sitúa en los 654,60 euros al mes (9.164,40 euros al año) para los mayores de 65 años con cónyuge no a cargo.

Con estos datos y teniendo en cuenta la situación económica actual, mantener el nivel de vida durante la jubilación puede llegar a resultar una tarea muy complicada si no se cuentan con ingresos extra

El problema es que, en la mayoría de los casos, los trabajadores empiezan a plantearse y a planificar su jubilación cuando ya la tienen prácticamente encima. Por este motivo, una de las fórmulas que se está popularizando de nuevo en los portales inmobiliarios es la de la nuda propiedad, con la que el propietario puede vender su casa y recibir el dinero de la misma, pero conservando el derecho a usar la vivienda hasta su fallecimiento.

¿En qué consiste la venta de la nuda propiedad?

A la hora de preparar la jubilación la mejor opción es comenzar a ahorrar a edades tempranas y tratar de rentabilizar el dinero para garantizar un buen nivel de vida en el futuro. Para ello, la combinación entre ahorro periódico e inversión enfocada a la jubilación pueden ser la solución. No obstante, si no se tienen suficientes conocimientos un asesor financiero puede ser la clave.

Al margen de estas soluciones, una de las fórmulas con las que cuentan los propietarios que no han podido tener un gran nivel de ahorro a lo largo de su vida laboral es la nuda propiedad. A través de esta, el propietario de una vivienda vende su titularidad pero conserva lo que se denomina como usufructo, que es el derecho a usar la casa mientras viva.

Puesto que se trata de una operación de venta, el propietario recibe una cantidad de dinero a cambio del inmueble, que podrá ser en un único pago, a través de una renta vitalicia o en una operación de venta y posterior contrato de alquiler. Todo ello implica que, cualquiera que sea la opción escogida, el propietario podrá seguir utilizando y viviendo en la vivienda aunque haya vendido la titularidad de la misma.

Además, entre sus obligaciones solo quedará la de hacer frente únicamente a las facturas de suministro, como agua, luz, gas o IBI (este último dependiendo de lo que se negocie en el contrato), ya que el comprador será quien tenga que hacerse cargo de otros pagos como la comunidad o futuras derramas.

Pero…¿son todo ventajas para el vendedor?

Aunque vender la vivienda, recibir el dinero de la misma y poder seguir disfrutando de la propia casa puede sonar idílico, lo cierto es que, como cualquier otra operación, tiene su letra pequeña. La mayor desventaja para el vendedor es la rebaja de precio a la que se somete la vivienda, pues es el precio a pagar por seguir conservando el usufructo tras haber vendido la casa. Dicha rebaja dependerá fundamentalmente de la edad que tenga el vendedor o del número de usufructos que queden en la vivienda (si es una sola persona o varias).

A todo ello hay que sumar que el vendedor deberá hacer frente a la plusvalía municipal, es decir, el impuesto que grava el aumento de valor y la transmisión de bienes. No obstante, si se trata de la venta de vivienda habitual no tendrá que tributar en el IRPF en el caso de tener más de 65 años.

Además, también entra aquí otro factor importante para los posibles herederos, ya que estos no podrán disfrutar de una vivienda en herencia porque una vez que el vendedor fallezca el usufructo de la misma pasará al nuevo comprador.

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