En función del nivel de cotización

Nueva prestación por desempleo de 600 euros para el sector cultural y artístico

El Gobierno aprueba la primera prestación especial por desempleo a la que podrán acceder también los trabajadores de las actividades técnicas y auxiliares. Se establecen dos cuantías fijas, de 600 y 480 euros.

Nueva prestación por desempleo de 600 euros para el sector cultural y artístico
Nueva prestación por desempleo de 600 euros para el sector cultural y artístico
Agencia EFE

Nueva prestación por desempleo de 600 euros al mes durante cuatro meses para el sector cultural. La ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, anunció ayer durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros esta ayuda económica para las personas en paro dentro del sector cultural y artístico, lo que se engloba en el desarrollo de Estatuto del Artista impulsado por el anterior ministro de Cultura y Deportes, Miquel Iceta. 

Lo cierto es que lo que ya se trata de un colectivo de trabajadores que, por desgracia, destaca por ser una profesión precaria e intermitente. Ahora bien, esta medida cuenta con la novedad de que no solo va dirigida a artistas, sino también a auxiliares o técnicos, que podrán solicitar el paro en estos dos casos:

  • Si pueden acreditar 60 días de cotización en actividades artísticas, en los 18 meses anteriores.
  • Si pueden acreditar 180 días cotizados en actividades artísticas en los seis años anteriores si no han sido tenidos en cuenta para el reconocimiento de prestaciones previas.

Ahora bien, los trabajadores podrán elegir solicitar esta nueva prestación si así lo desean o, en otro caso, acogerse al Régimen General de la Seguridad Social. En cuanto a la cuantía, como se ha mencionado anteriormente, asciende a 600 euros mensuales, esto es, el 100% del IPREM (Indicador Público de Rentas con Efectos Múltiples) en 2023, para las cotizaciones que superen el umbral de 61 euros. En el caso de que sea una cuantía por debajo de ese nivel, corresponderá una ayuda del 80% del IPREM, es decir, 480 euros al mes. Por otro lado, en cuanto a la duración de la prestación por desempleo, será de cuatro meses

Compatibilizar jubilación con actividad artística

Esta nueva prestación especial por desempleo es compatible con la percepción de derechos de la propiedad intelectual y de imagen, una de las peticiones que venía reclamando este sector desde hace años, como lo es, en este caso, la compatibilidad de la ayuda con la jubilación. Y es que, hasta ahora, solo se podía compatibilizar con la recepción de los derechos de autor. Por lo que a partir de la entrada en vigor de estas medidas, que se ve reflejado hoy en el BOE, bajo el Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas. Asimismo, los perceptores de una pensión no contributiva podrán también compatibilizarla con rendimientos de su actividad artística, siempre que no superen el umbral del Salario Mínimo Interprofesional, cifrado a día de hoy en 1.000 euros brutos al mes. Además, se regula la cotización de los pensionistas cuando realicen actividades artísticas, que será por contingencias profesionales, con una cotización especial de solidaridad del 9% de contingencias comunes.

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