Ahorro de hasta 960 euros al año

Solo tres comunidades ofrecen 'Cuota Cero' a los autónomos durante 2023

Solo los trabajadores por cuenta propia con actividad en Madrid, Andalucía o Murcia podrán disfrutar de ella y evitarán tener que pagar durante dos años su cuota mensual a la TGSS. Pero existen requisitos.

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Nueva Tarifa plana para autónomos a partir de enero de 2023
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La Seguridad Social se pone las pilas de cara al año que viene con el firme propósito de impulsar el trabajo por cuenta propia, es decir, los autónomos. Y lo hace bajo el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, aprobado a finales de agosto. Así pues, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, ahora liderado por José Luis Escrivá, contempla un tipo de tarifa especial para los autónomos de primer, segundo y tercer año, con una cuota reducida, la llamada tarifa plana para autónomos desde 80 euros mensuales

Bajo el nuevo sistema, la tarifa plana para autónomos subirá 20 euros al mes. En 2022, fue de 60 euros mensuales durante los primeros doce meses de actividad, independientemente de los ingresos del trabajador por cuenta propia. Asimismo, durante el segundo año, el autónomo podrá seguir pagando los 80 euros de cuota mensual siempre que sus ingresos netos se encuentren por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Tras este periodo inicial de dos años, el autónomo pasará a formar parte del nuevo sistema de cotización por tramos en función de sus ingresos reales en función del tramo que le corresponda. 

Se trata, pues, de una bonificación dirigida para aquellos emprendedores que quieren dar sus primeros pasos en el mercado laboral, ya que reduce mucho el coste que supone darse de alta por primera vez en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA). Justo en este sentido, la entrada en vigor del nuevo sistema de cotización para los autónomos en función de sus ingresos reales, a partir del 1 de enero de 2023, trae consigo un importante cambio que va a afectar a este modelo de tarifa, de acuerdo con los datos publicados por la Seguridad Social. Otro punto a tener en cuenta es que sí que podrán seguir acogiéndose a esta tarifa las personas que se hayan dado de alta como autónomos en 2022.

Estas son las autonomías que ofrecen la cuota cero en 2023

La introducción de esta reforma ha llevado a que distintas comunidades autónomas apuesten por reforzar sus ayudas al inicio de la actividad a través de la 'Cuota Cero'. Una medida que consiste en una bonificación exclusiva para los trabajadores por cuenta propia que inicien su actividad en los diferentes puntos del mapa de España, que se explican a continuación. De momento, solo los autónomos que inicien su actividad en la Comunidad de Madrid, Andalucía y la Región de Murcia podrán disfrutar de la 'Cuota Cero' y podrán evitar tener que pagar durante dos años su cuota mensual a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). 

Al igual que sucedía con la 'Tarifa Plana', los autónomos deberán solicitar en su correspondiente comunidad autónoma esta ayuda aportando toda la documentación requerida y reclamar la subvención. En cuanto a la duración, la 'Cuota Cero' no será igual para todos los trabajadores por cuenta propia, sino que dependerá de los mismos requisitos que la reducida, al tratarse de ayudas que se complementan. Así, durante el primer año, los nuevos afiliados al RETA podrán disfrutar 12 meses de esta bonificación. Pero, en su segundo ejercicio, deberán estar por debajo de 1.000 euros mensuales.

A diferencia de la 'Tarifa Plana', la futura reducción de la cuota es estable y no progresiva. En este sentido, los autónomos de Murcia, Andalucía y Madrid que puedan acceder a ella tendrán un ahorro anual de 960 euros al año y, en el caso de que puedan disfrutar también durante el segundo año, en total se reservarán cerca de 2.000 euros. En la actualidad los requisitos generales para poder solicitar la 'Tarifa Reducida' para autónomos son:

  • Darte de alta por primera vez como autónomo.
  • No haber estado dado de alta como autónomo en los últimos dos años (tres en caso de que anteriormente se haya disfrutado de bonificación).
  • Si ya estuviste dado de alta en autónomos y te beneficiaste de la tarifa plana, que hayan transcurrido al menos tres años desde que te diste de baja.
  • No ser autónomo colaborador (régimen especial para familiares de los autónomos).
  • No tener deudas pendientes con Hacienda y la Seguridad Social.

Requisitos para acogerse a la 'Cuota Cero' en Andalucía

En la comunidad presidida por Juanma Moreno, las condiciones para poder beneficiarse de esta bonificación serán, en primer lugar, estar empadronado y ser residente en Andalucía, aunque el gobierno andaluz no ha especificado el periodo mínimo. Siendo esto así, existen dos opciones, tal y como sucede en el resto de administraciones para proceder con este tipo de trámites, para solicitarlo: hacerlo desde casa online o acudir a un punto de atención al emprendedor (PAE). 

La opción más rápida es hacerlo telemáticamente, accediendo al portal de trámites Import@ss. Para ello es necesario identificarse mediante el Certificado digital, la Cl@ave permanente o vía SMS (con el mismo número que se tenga registrado en la base de datos del INSS. Una vez dentro, se debe elegir el servicio "Alta en trabajo autónomo" y especificar que se trata de un "alta inicial".

La documentación que se solicitará para completar el proceso es el número de la Seguridad Social, los datos fiscales y el Código del Impuesto de Actividades Económicas de la Agencia Tributaria, la base de cotización en la que se desea cotizar y un número de cuenta bancaria para domiciliar las cuotas.

Requisitos para acogerse a la Cuota Cero en Madrid

En la Comunidad de Madrid también habrá "ampliación de la tarifa plana para autónomos". Para acceder a ella, se deberá realizar la actividad en la región, mantener durante los 12 meses que dura la ayuda las condiciones que dieron derecho a disfrutar de las reducciones del Estado y estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Comunidad de Madrid y con la Seguridad Social. 

Los autónomos que se hayan dado de alta en el RETA y cumplan las condiciones para ser beneficiarios, podrán presentar la solicitud durante los dos últimos meses del período inicial de disfrute de la reducción estatal y hasta el último día del segundo mes siguiente al citado período. Aquellas presentadas con anterioridad o posterioridad al plazo indicado se considerarán inadmitidas. En la misma línea, como novedad, Isabel Díaz Ayuso ha anunciado que las mujeres autónomas que tengan derecho a la cotización reducida por cese debido a nacimiento o adopción, podrán acogerse también a la 'Cuota Cero'.

Requisitos para acogerse a la Cuota Cero en Murcia

Las condiciones son similares en la Región de Murcia al resto de autonomías que proponen esta bonificación, tal y como adelantó el presidente de la la comunidad hace ya dos meses. Se debe acceder a la Sede Electrónica y cumplir con los mismos requisitos ordenados en la 'Tarifa reducida'. Si bien, todavía no está abierta la convocatoria.

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