Duración máxima

Estas serán las nuevas condiciones del contrato temporal para ser indefinido

El acuerdo ha contemplado un nuevo plazo de encadenamiento de contratos para que los empleados obtengan la condición de trabajadores indefinidos.

Una plantilla de trabajadores de oficina celebrando una reunión.
Una plantilla de trabajadores de oficina celebrando una reunión.
©[fauxels] a través de Canva.com

 La reforma laboral, capitaneada por la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, se publicará de forma definitiva este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Después de varios meses de negociaciones entre los agentes sociales y el Gobierno, las partes han llegado a un acuerdo para reducir la elevada tasa de temporalidad que hay en España y conseguir una mayor estabilidad en el mercado. La ministra ha asegurado durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que esta norma "ha costado muchísimo, está muy pensada, muy discutida, y la vocación es que permanezca como está". Una vez entre en vigor, las empresas tendrán hasta el 30 de marzo para adaptarse al nuevo marco de contratos y el de obra acabará por desaparecer de la legislación.

Los agentes sociales advirtieron que, aunque daban su visto bueno al acuerdo, el documento aún no estaba cerrado. Por este motivo, el Gobierno ha incluido a última hora importantes cambios en el texto final de la reforma laboral, que ha aprobado este martes 28 de diciembre en el Consejo de Ministros. Las modificaciones incluidas se centran en dos materias: por un lado, limitar los abusos de la temporalidad, y por otro, concretar los beneficios para las empresas que tengan que aplicar expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE).

Tipos de contratos temporales

Esta reforma laboral establecerá dos condiciones para firmar contratos temporales. Por un lado, el estructural contemplará aquellas circunstancias especiales asociadas a la producción como pueden ser un aumento de la demanda, incrementos de trabajo en la empresa o campañas especiales como la Navidad o las agrícolas. En este último caso el periodo máximo será de 90 días al año no consecutivos, mientras que las circunstancias imprevisibles se limitarán a un máximo de seis meses con posibilidad de ampliación.

Por otro, también será posible realizar este tipo de acuerdos cuando suponga la sustitución de otro trabajador. Es decir, cuando un empleado tenga que ausentarse de su puesto de trabajo por una baja médica, excedencia o cualquier otra circunstancia similar y la empresa se vea obligada a buscar un sustituto temporal.

Duración máxima de los contratos

Si bien la temporalidad se limitará a estos supuestos ya mencionados, la norma reforzará la condición del trabajador como indefinido. Esto quiere decir que se reducirá el plazo de encadenamiento de contratos temporales a 18 meses en un periodo de dos años (o 24 meses). Hasta ahora, la ley vigente lo establecía en 24 meses en un periodo en 30 meses.

Aquellas compañías que incumplan la normativa expuesta será obligadas a considerar al trabajador como indefinido. Además, se enfrentará a sanciones superiores a las que ya están contempladas en la Ley de Infracciones y del Orden Social (LISOS) por el uso fraudulento de la contratación temporal.

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