Se ajusta al IPREM

Subsidio por desempleo: el nuevo requisito clave para cobrar 430 euros

Se estima que más de medio millón de personas sin ingresos se podrán beneficiar de esta nueva ayuda social que ya ha sido aprobada por el Consejo de Ministros.

Fotografía Oficina de Empleo semicerrada / EFE
Nuevo subsidio por desempleo: el requisito clave para cobrar 430 euros

El Gobierno ha dado luz verde a un nuevo subsidio de carácter extraordinario para paliar los efectos económicos y sociales de la pandemia. La ayuda social, aprobada este martes en el Consejo de Ministros, va destinada a todos los desempleados que agotaron sus prestaciones durante la emergencia sanitaria. La puesta en marcha había estado bloqueada por el área económica del Ejecutivo, que, finalmente, ha cedido ante la presión de la ministra de Trabajo, Yolanda Diaz, aunque rebajando las pretensiones de Trabajo y de los sindicatos.

En principio, se cifró que serían más de medio millón de desempleados sin ingresos los que se beneficiarán de esta nueva ayuda social al no cobrar ningún tipo de prestación. Sin embargo, ahora uno de los requisitos iniciales cambia, lo que reducirá el gasto millonario de esta ayuda en el nuevo presupuesto del SEPE, según fuentes consultadas por La Información.

Nuevo requisito clave

Ya se conoce la cuantía que percibirán los desempleados. Será de 430 euros, una cuantía que equivale al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). En un principio, el requisito indispensable era ser parado y haber agotado la prestación desde el estado de alarma y hasta el 30 de septiembre. Sin embargo, según las últimas informaciones, la fecha límite será hasta el 30 de junio. Es decir, es necesario que se dejara de percibir el paro en junio para cobrar la nueva ayuda.

El nuevo requisito hace que no se confirme el número total de beneficiarios -estimados en un inicio en  550.000 personas) ni el coste final de la prestación porque se está recalculando con las nuevas fechas (14 de marzo al 30 de junio).

Otras ayudas después del paro

Existen ocho tipos de subsidio de desempleo, más allá del paro. Pese a que cada uno de ellos tiene criterios y requisitos específicos, la cantidad es la misma que para la nueva ayuda: 430 euros, una cifra que también se ajusta al IPREM. Las más conocidas son las siguientes:

  • Subsidio por cotización insuficiente, conocido también como "subsidio por pérdida de empleo". Se trata de una ayuda para quienes pierden el trabajo, pero no tiene acumulados los 360 días de cotización que son necesarios para pedir la prestación contributiva (paro).
  • La ayuda familiar. Se trata de una prestación para quienes tienen responsabilidades familiares, carecen de rentas y acaban de agotar la prestación contributiva.
  • Subsidio para mayores de 45 años. Se puede solicitar en el caso de que haya agotado la prestación contributiva por desempleo y carecen de rentas. Es imprescindible tener más de 45 años de edad y no tienen que tener responsabilidades familiares.
  • Subsidio para mayores de 52 años (antes de 55). Se trata de un ayuda económica para quienes han alcanzado los 52 años y cumplen determinados requisitos de cotización para tener la jubilación ordinaria. La prestación se extiende hasta la jubilación.
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