Por días y no por trabajadores

Los nuevos límites a la contratación temporal que plantea la reforma laboral

La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, insiste en que la limitación de la contratación temporal es uno de los objetivos de esta reforma, que quiere poner fin a la temporalidad y la precariedad del mercado laboral español. 

Emprendedores ordenador
Emprendedores ordenador
Emprendedores

Los trabajos de la mesa de diálogo social sobre la reforma laboral se han intensificado en las últimas semanas, con dos y hasta tres citas cada siete días, a medida que se va acercando 'la fecha límite', pues la idea es tener aprobada la reforma antes de fin de año. "Estamos culminando las tareas y el Gobierno está trabajando para alcanzar un acuerdo entre todas las partes", según subrayó la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, el pasado martes. 

Así las cosas, el último movimiento del Ejecutivo pasa por aflojar los límites previamente impuestos a la contratación temporal. El objetivo es, pues, atraer a los agentes sociales a un acuerdo que satisfaga a la Comisión Europea y desbloquee un nuevo tramo millonario de los fondos de recuperación. La limitación de la contratación temporal es uno de los objetivos de esta reforma, que quiere poner fin a la temporalidad y la precariedad del mercado laboral español, como ha dicho en varias ocasiones la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz.

En la anterior propuesta de la reforma laboral, se establecía que el límite de la contratación temporal, lo marcaba el número de trabajadores que las empresas tuvieran en su plantilla. Ahora, el nuevo texto redactado plantea que las empresas podrán formalizar los contratos temporales por circunstancias de producción para atender a campañas ocasionales y previsibles,  entendidas como aquellos incrementos de actividad que, siendo predecibles en su acaecimiento, no lo sean en su alcance o magnitud, o tengan una duración reducida y delimitada. 

No solo eso, sino que ha fijado el límite ahora en los días, en vez de en la plantilla. De este modo, los contratos podrán ser concertados por un máximo de 90 días al año, en el número necesario para atender a las campañas debidamente identificadas en el contrato de trabajo. Además, las empresas deberán trasladar a la representación de los trabajadores una previsión anual de uso de estos contratos.

Mostrar comentarios