Aprobado en el Congreso

Los nuevos requisitos para que los interinos tengan plaza sin opositar

Este miércoles el Gobierno ha sacado adelante, gracias al acuerdo de última hora entre Hacienda y ERC, el nuevo Decreto Ley que tiene como objetivo reducir la temporalidad de este colectivo. 

Entrevista de trabajo.
Entrevista de trabajo.
Foto de Gustavo Fring de Pexels.

A principios de este año, las administraciones públicas contaban con un total de 659.700 empleados bajo el epígrafe 'Otro personal', que son básicamente interinos, concentrados en un 86% en las comunidades autónomas. La Función Pública lleva años enfrentándose al severo problema de la alta temporalidad de los trabajadores de la administración y de ahí que ayer, miércoles 21 de julio, el Gobierno sacase adelante y casi in extremis, gracias al acuerdo de última hora entre el Ministerio de Hacienda y ERC, el nuevo Decreto Ley de interinos para dar y sobre todo mejorar la estabilidad de este colectivo.

Los cambios se introducirán durante la tramitación de la norma como proyecto de ley, proceso que debería concluir a finales de octubre para avanzar con el objetivo de estabilización y dar certidumbre a los afectados, según dijo durante su intervención la ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero

Prueba de valoración de méritos

Así, en virtud del acuerdo los interinos ahora podrán conseguir plaza sin opositar, eso sí, cumpliendo una serie de requisitos. Deberán llevar más de 10 años ocupando una plaza estructural que nunca haya sido convocada. En este supuesto, podrán adjudicarse dicha plaza sin necesidad de pasar una oposición. En su lugar, tendrán que pasar una valoración de méritos. 

La posibilidad de eximir de interinos a los que hayan ocupado plaza de forma ininterrumpida en los 10 años anteriores, se acoge al artículo 61.6 del Estatuto Básico del Empleado Público, que recoge con carácter excepcional  el acceso a través de un concurso a partir de esa valoración de méritos.

El acuerdo contempla la eliminación del plazo fijado para publicar y convocar los nuevos procesos de estabilización antes del 31 de diciembre de 2021, llevándolo a cuatro meses desde la entrada en vigor de la Ley. 

La norma también dará potestad a las comunidades autónomas para decidir si el examen para las plazas de estabilización que convoquen es o no eliminatorio. El decreto ley ya preveía que la valoración de la experiencia en el puesto pesara un 40 % en el proceso de selección, pero ahora se añade la posibilidad de que la prueba no sea eliminatoria si así lo deciden las comunidades autónomas en sus convocatorias.

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