Nueva cuantía en 2023

Las obligaciones del SEPE para cobrar el subsidio para mayores de 52 años

Los desempleados que están cerca de la edad legal de jubilación pueden acceder a la prestación social que gestiona el organismo dependiente del Ministerio de Yolanda Díaz, siempre que cumplan unos requisitos.

Billetes de euro.
Billetes de euro.
Foto de Markus Spiske de Pexels.

Estar en situación de desempleo es una mala noticia y, más aún, para los que han superado la barrera de los 50 años. De ahí que cobren especial importancia los subsidios de los que se puede beneficiar este sector de la población, a los que les resulta difícil reincorporarse al mercado laboral. Este es el caso de la prestación social que gestiona el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), que se dirige a los mayores de 52 años que han perdido su trabajo y que ha aumentado su cuantía en 2023, tras la subida del IPREM aprobada por el Gobierno de España a finales de 2022: ha pasado de 463,21 euros mensuales, a 480 euros al mes. Pero quienes resulten beneficiarios de esta ayuda deben cumplir una serie de obligaciones si quieren seguir cobrándola.

Una de las particularidades de esta prestación es que es la única que puede cobrarse hasta la edad legal de jubilación, si antes no se ha encontrado trabajo. Además, cotiza para la pensión, aunque no sea por la base mínima y, para su aprobación, no tiene en cuenta las rentas del resto de miembros de la unidad de convivencia, como el cónyuge y los hijos, si no solo las del interesado.

Pese a que el organismo dependiente del Ministerio de Trabajo y Economía Social, liderado por Yolanda Díaz, establece varios requisitos, dos de los principales son tener 52 años o más, y haber acumulado a lo largo de la vida laboral el mínimo de cotizaciones exigidas legalmente para recibir una pensión contributiva, pero que no pueden acceder a ella porque no tienen la edad necesaria.

Qué obligaciones se deben cumplir para cobrar el subsidio

Cuando firman el formulario de solicitud del subsidio para mayores de 52 años, los desempleados se comprometen a respetar diez obligaciones y compromisos, que se detallan en la página web del SEPE:

  • Inscribirse como demandantes de empleo, mantener la inscripción y cumplir las exigencias del compromiso de actividad.
  • Buscar empleo de forma activa y participar en acciones que aumenten las posibilidades de ocupación, y que deberán ser indicadas por el SEPE, dentro de un itinerario de inserción.
  • Cotizar por la aportación que corresponde a la contingencia de desempleo.
  • Proporcionar la documentación e información que se establezca reglamentariamente para el reconocimiento, suspensión, extinción o reanudación del derecho a las prestaciones. A su vez, hay que comunicar a los servicios públicos de empleo autonómicos y al SEPE el domicilio en el que se desean recibir las notificaciones, y el cambio de domicilio, en caso de que se produzca.
  • Participar en los trabajos de colaboración social, programas de empleo o en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales, que establezcan los servicios públicos de empleo o las agencias de colocación.
  • Renovar la demanda de empleo en la forma y fechas indicadas en el documento de renovación. Si ha sido citado previamente, presentarse ante el SEPE, los servicios públicos de empleo autonómicos o las agencias de colocación.
  • Solicitar la baja en las prestaciones por desempleo porque se generan situaciones que dan lugar a la suspensión o extinción de las mismas, o porque se dejen de reunir los requisitos exigidos para seguir percibiéndolas.
  • Devolver las cantidades abonadas indebidamente por el SEPE.
  • En el plazo de cinco días, devolver a los servicios públicos de empleo, o a las agencias de colocación, el justificante de haberse presentado en el lugar y la fecha indicados para cubrir la oferta de empleo que le hayan ofrecido.
  • Los beneficiarios deben presentar la declaración anual de sus rentas junto con la documentación que corresponda.

¿Qué sanciones puede imponer el SEPE?

Durante el tiempo que se cobra el subsidio, el beneficiario debe rendir cuentas con el SEPE, así como cumplir con los requisitos a los que se comprometió al principio, como la carencia de rentas, ingresos extraordinarios o colocación laboral. Además, se debe respetar el ‘compromiso de actividad’ que se firma en el formulario de solicitud, y que se basa en la obligación de buscar empleo y estar disponible cuando se le llame para cualquier otra actividad.

El SEPE advierte de que, quienes incumplan esas condiciones, se exponen a posibles sanciones, por ejemplo, por falsear los datos para lograr la aprobación del subsidio de forma fraudulenta. Esto se consideraría una infracción muy grave, y supondría la pérdida y posible exclusión del derecho a recibir cualquier prestación económica durante un periodo de tiempo.

Asimismo, en los primeros 30 días que se perciben las ayudas, se puede participar de manera voluntaria en las acciones de mejora de las posibilidades de ocupación que se correspondan con su profesión habitual o sus aptitudes formativas, en función de lo que se establezca en el itinerario de inserción. No participar no conlleva sanción.

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