Oleada de consultas de contribuyentes catalanes para no pagar el IVA en España

  • La Agencia Tributaria Catalana difunde un comunicado delimitando el perímetro fiscal actual de la Hacienda catalana para evitar un fraude masivo
Agencia Tributaria de Cataluña
Agencia Tributaria de Cataluña

La Agencia Tributaria Catalana (ATC) remitió el pasado 16 de octubre un comunicado a diferentes organizaciones empresariales y profesionales catalanas clarificando el actual perímetro de actuación fiscal de la Hacienda catalana y subrayando que en materia de IRPF, IVA e Impuesto de Sociedades tanto la gestión como la recaudación corresponden en exclusiva a la Administración del Estado.

La ATC decidió hacer público ese mismo día a través de su página web una parte del comunicado, la más 'pedagógica', aquella en la que se relaciona cuáles son los impuestos propios de Cataluña, aquellos que gestiona y recauda la Hacienda catalana en exclusiva; cuáles son los tributos cuya regulación básica corresponde al Estado pero que son gestionados desde el Govern (Transmisiones Patrimoniales, Actos Jurídicos Documentados, Sucesiones, Donaciones, Patrimonio e Impuesto sobre el Juego) y cuáles son de gestión y recaudación exclusiva del Estado. El comunicado (en catalán) puede consultarse en este enlace.

El asunto es que la parte más relevante es la que no se difundió. lainformacion.com ha tenido acceso a la carta remitida por la Agencia Tributaria Catalana a diversos colectivos empresariales y profesionales. En ella, el brazo operativo de la Hacienda Catalana reconoce haber recibido una oleada de consultas de contribuyentes solicitando información sobre el trámite a seguir para ingresar el IVA en la Agencia Tributaria Catalana en lugar de en la Estatal.

En concreto, el comunicado asegura que "estos últimos días hemos recibido numerosas consultas de usuarios que nos demandan información sobre la posibilidad de pagar el IVA del tercer trimestre en la Agencia Tributaria de Cataluña en lugar de en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)". Según fuentes de la Hacienda catalana el número de consultas recibidas es difícil de cuantificar, aunque sí reconocen que se trata de una cifra elevada y precisan que les han llegado por todos los canales posibles, desde la vía presencial a la telefónica pasando por las redes sociales, como Twitter, donde se recibieron un elevado número de consultas al respecto.

"Hemos considerado que era necesario aclarar que es el Estado y no la Agencia Tributaria de Catalunya el que tiene la responsabilidad de recaudar los impuestos estatales, en primer lugar porque así lo establece el marco legal vigente, pero también para evitar problemas a los contribuyentes, ya que serían ellos a los que se exigiría la responsabilidad en caso de no pagar los impuestos de la forma establecida", aseguran fuentes de la Consellería de Economía y Hacienda.

El mal negocio de no cumplir con las obligaciones fiscales

El Ministerio de Hacienda emitió un comunicado el pasado 4 de octubre advirtiendo de las responsabilidades fiscales, administrativas y penales en las que podrían incurrir los contribuyentes que cumplieran sus obligaciones fiscales sólo en Cataluña. En el mismo, el departamento dirigido por Cristóbal Montoro recalcaba que los deberes de presentar declaraciones y pagar los tributos sólo se tenían por cumplidos si se presentaban en la Administración competente y que la no observación de estos principios daría lugar al inicio de "procedimientos de comprobación, liquidación de la deuda tributaria e imposición de sanciones, así como al inicio del procedimiento de apremio para hacer efectivo el importe de la deuda".

Las consecuencias económicas del incumplimiento de estas obligaciones no son menores. Los contribuyentes afrontarían recargos de entre el 5% y el 20% sobre la cuota no abonada simplemente por presentar la declaración fuera de plazo, recargos extra por entrar en la fase ejecutiva, sanciones tributarias y, en última instancia, se podría llegar al embargo de sus bienes de resistirse a pagar la deuda fiscal. En función de la cuantía el asunto podría derivar incluso en un delito fiscal

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