Prestaciones en España

Paro, Ingreso Mínimo, subsidios de 430 euros... Las ayudas que puedes cobrar

Además de la prestación por desempleo y el ingreso mínimo vital, en España se pueden solicitar un total de ocho subsidios con una cantidad máxima a percibir fijada en 430 euros.

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Paro, Ingreso Mínimo, subsidios de 430 euros... Todas las ayudas disponibles
Bruno Pérez | EFE

El mercado laboral se enfrenta a un nuevo escenario de incertidumbre con la crisis provocada por la pandemia del coronavirus. El número medio de afiliados a la Seguridad Social subió en 84.013 personas en septiembre, aun así los datos no son esperanzadores. Casi medio millón menos de personas han perdido su empleo tras la irrupción de la crisis sanitaria y las previsiones para nuestro país no son nada buenas: hasta 2026 no recuperaremos el nivel de paro previo a la pandemia, según el FMI.

No obstante, si eres una de tantas personas que han salido perjudicadas a nivel laboral por la crisis sanitaria, ya sea porque hayas tenido una baja involuntaria de tu trabajo o te ha vencido el contrato sin posibilidad de renovación, tienes derecho a cobrar una prestación por desempleo, cuya cuantía dependerá de los años cotizados. Pero también está disponible llamado Ingreso Mínimo Vital, la nueva medida aprobada en este 2020 para los hogares en situación de vulnerabilidad. 

Antes que nada debes saber que en el caso del paro la cuantía a percibir no podrá el tope máximo ni ser inferiores al tope mínimo que establece la normativa. Para este 2020 el SEPE establece como cuantía máxima de prestación contributiva 1.098,09 euros, - con uno o dos hijos ascenderá a 1.254,96 y 1.411,83, respectivamente-. Por su parte, la cuantía mínima queda fijada en 501,98 euros -sin hijos-, aunque los que tengan uno o más hijos podrán percibir  671,40 euros. Para acceder a esta prestación es necesario tener acumuladas unas cotizaciones mínimas de 12 meses o 360 días en los seis años anteriores a quedarse sin empleo

En el caso del Ingreso Mínimo Vital, lo pueden solicitar aquellas personas sin ingresos o con ingresos bajos, mayores de 23 años -18 años si tienen un hijo a cargo-. La cuantía está establecida por el Gobierno en función del tipo de hogar y de las características del mismo. Por ejemplo, para una personas que viva sola la ayuda será de 462 euros al mes. No obstante, en el siguiente cuadro se puede observar las cuantías en función de la unidad familiar.

Ingreso mínimo vital
 

Otros subsidios 

Si no cumples los requisitos ni para acceder a la prestación de desempleo ni para optar al Ingreso Mínimo Vital, debes saber que existen otros tipos de prestaciones con una cantidad a percibir fijada en 430 euros, cifra que se ajusta al 80 % del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), un indicador de referencia para calcular las prestaciones sociales que este año está en 537 euros.

Subsidio por cotización insuficiente. Conocido también como "subsidio por pérdida de empleo". Se trata de una ayuda para quienes pierden el trabajo pero no tiene acumulados los 360 días de cotización que son necesarios para pedir la prestación contributiva (paro). Si la persona en cuestión tiene responsabilidades familiares bastarán tres meses de cotización para pedir la ayuda y si no, se necesita contar con seis meses cotizados.

La ayuda familiar. Se trata de una prestación para quienes tienen responsabilidades familiares, carecen de rentas y acaban de agotar la prestación contributiva. Depende de cada individuo, la prestación puede extenderse entre 18 y 30 meses.

Subsidio para mayores de 45 años. Se puede solicitar en el caso de que haya agotado la prestación contributiva por desempleo y carecen de rentas. Es imprescindible tener más de 45 años de edad y no tienen que tener responsabilidades familiares. De tenerlas, deberían pedir el subsidio de ayuda familiar. Este subsidio tiene una duración máxima de 6 meses.

Subsidio para mayores de 52 años (antes de 55). Se trata de un ayuda económica para quienes han alcanzado los 52 años y cumplen determinados requisitos de cotización para tener la jubilación ordinaria. La prestación se extiende hasta la jubilación. La ayuda económica es de 430,27 euros al mes, como en los demás, sin embargo tiene una peculiaridad: es el único que cotiza a la jubilación.

Subsidio para emigrantes retornados. Es una prestación destinada a aquellas personas que regresan a España después de haber trabajando en países sin convenio bilateral de desempleo con España o bien que no pertenezcan al Espacio Económico Europeo. Es necesario haber trabajado como mínimo en el extranjero 12 meses en los últimos seis años.

Subsidio para liberados de prisión. Se trata de una ayuda para excarcelados que hayan cumplido una condena superior a 6 meses y que no tengan derecho a paro ni hayan conseguido un puesto de trabajo.

Subsidio por revisión de una incapacidad. Ayuda para aquellas personas sin ingresos a las que por mejoría de una dolencia se les retira una incapacidad permanente y no disponen de los ingresos mínimos.

Subsidio y renta agraria. Es un un subsidio específico para trabajadores eventuales agrarios en Andalucía y Extremadura. Su duración depende de algunos requisitos como la edad o las responsabilidades familiares y oscila entre los 180 y 300 días.

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