Compatibilidades

Pensión de incapacidad: ¿es posible cobrar más de una ayuda a la vez?

Si coinciden por pertenecer ambas del Régimen General de la Seguridad Social o del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), el interesado no podrá recibirlas simultáneamente.

Dos jubilados.
Dos jubilados.
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En la gran mayoría de las situaciones, las personas no pueden recibir las prestaciones de más de una pensión, que suelen ser mutuamente exclusivas, pero existen excepciones dentro de las cuales se pueden compatibilizar varias ayudas. Es el caso de las pensiones de incapacidad, cuyos beneficiarios pueden percibir otra si esta proviene de un régimen distinto de la Seguridad Social.

En este sentido, se debe tomar en cuenta desde dónde se gestionan las pensiones de incapacidad permanente que se quieren recibir. Si coinciden por pertenecer ambas del Régimen General de la Seguridad Social o del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), el interesado no podrá recibirlas simultáneamente. En cambio, si corresponden a situaciones laborales y enfermedades distintas, por ejemplo, podrán iniciar los trámites para exigir las prestaciones por separado.

Requisitos

Otro escenario en que un trabajador podría volverse beneficiario de dos pensiones es que una de estas sea de incapacidad y que además tenga derecho a una ayuda por situación de vulnerabilidad económica por viudedad. El cónyuge debe demostrar para ello que tienen hijos en común o llevar al menos un año desde el matrimonio hasta la fecha del fallecimiento, si bien puede recibirla si eran pareja de hecho y el tiempo de convivencia supera los dos años, incluyendo el tiempo de matrimonio. En el caso de la anulación del matrimonio o una separación judicial, también hay supuestos en los que se puede obtener la pensión de viudedad.

También se puede percibir alguna pensión no contributiva y la de orfandad junto con la de incapacidad, pero es importante destacar el límite de ingresos que se impone a los pensionistas en cuanto a esta fuente de ingresos, por el cual dejarían de cobrar cualquier excedente, además del tope que exigen algunas pensiones no contributivas como condición previa: si la suma de ambas ayudas lo supera, puede que elimine el derecho a recibir la misma.

Por otro lado, se debe tomar en cuenta que algunas de las pensiones que ofrece la Seguridad Social son incompatibles con las ayudas derivadas de una incapacidad: se excluyen la jubilación ordinaria y la ayuda por desempleo (si ambas surgen de la cotización del mismo empleo). Tampoco se puede  cobrar simultáneamente por una incapacidad temporal y una permanente.

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