Cotización a la Seguridad Social

¿Por qué la pensión de un autónomo es 500 € menor que la de un asalariado?

En Asturias, la comunidad más damnificada, las diferencias de pensión de jubilación entre autónomos y asalariados llegaron en agosto a los 771,21 euros, lo que suponen casi 10.800 euros anuales.

Un jubilado.
¿Por qué la pensión de un autónomo es 500 € menor que la de un asalariado?
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La pensión media de los trabajadores españoles por cuenta ajena en agosto se situó en los 1.309,80 euros, mientras que las de los autónomos ese mismo mes fue de 777,87 euros. Esa diferencia mensual de 531,93 euros supone que al año, un jubilado autónomo cobre 7.447 euros menos que un jubilado que ha trabajado su vida laboral como asalariado.

Esta situación ha sido denunciada en numerosas ocasiones por la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA). La realidad, es que en algunas comunidades las diferencias resultan aun más preocupantes. Asturias es la región más damnificada con una desigualdad que llegó a los 771,21 euros en agosto (10.797,08 euros anuales, si se cuentan la paga extra de Navidad y verano). Le siguen Cantabria con y 725,47 euros mensuales (10.156,58 euros anuales) y País Vasco con 724,67 mensuales (10.145,38 anuales) . Al otro lado, las menores diferencias se dan en Extremadura con 327,36 euros al mes (4.583,04 euros al año).

Pero las diferencias también se encuentran dentro de una misma comunidad. Así, según denuncia UPTA, los trabajadores por cuenta propia del entorno rural cobran una pensión media de 725 euros, aunque en comunidades como Galicia no llega a los 654 euros, mientras que los del entorno de las grandes ciudades reciben una media de 850 euros. Pero, ¿por qué estas diferencias?

El problema de la mayoría de trabajadores por cuenta propia o autónomos se encuentra en lo que cotiza a la Seguridad Social. La horquilla se encuentra entre los 944,40 euros al mes del mínimo, y los 4.070,10 euros al mes del máximo. Como a diferencia de los trabajadores por cuenta ajena (asalariados) son ellos los que eligen la base por la que cotizar, una gran parte selecciona la base mínima lo que, inevitablemente, se traslada a su futura pensión pública de jubilación.

Los autónomos pueden cambiar su base de cotización a lo largo de su vida laboral. Eso sí, después de los 47 años ya no podrán subirla, salvo excepciones. Esto supone que los siguientes años tengan que cotizar con la base que tuvieran seleccionada al cumplir los 47 años, o por una menor. Si al llegar a esa edad estaban haciéndolo por la mínima los 18 o 20 años que le queden para llegar a la jubilación deberán seguirlo haciendo por esa misma base.

¿Cuándo puede jubilarse un autónomo?

Mientras que para cobrar la pensión mínima un trabajador por cuenta ajena debe tener, como mínimo, 15 años cotizados, un trabajador autónomo debe esperar cinco año más. Es decir, el periodo mínimo de cotización de un autónomo para acceder a la pensión mínima es de 20 años, un requisito que va ir subiendo hasta alcanzar los 25 años en 2025.

Ahora bien, con ese mínimos de años cotizados solo se puede aspirar a cobrar el 50% de la base reguladora. Si se quiere llegar el 100% de la base reguladora y no a un porcentaje inferior, se tendrán que cotizar 36 años en la actualidad y 37 años en 2027. La pensión que le quedará si se cotizan esos años será el 100% de la media de su base imponible durante los últimos 25 años.

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