Solo uno de los progenitores se puede beneficiar de la medida

Así cuenta en la pensión de jubilación cuidar a los hijos: más tiempo cotizado

Los padres que hayan tenido que interrumpir su trabajo para cuidar a sus hijos pueden recibir una compensación de meses cotizados a la Seguridad Social. Esto repercutirá en la cuantía de la pensión de jubilación. 

Una familia.
Así cuenta en la pensión de jubilación cuidar a los hijos: más tiempo cotizado
Imagen de nastya_gepp en Pixabay.

Llegar a edad la jubilación con 37 años cotizados, y conseguir así la pensión máxima, no es una tarea baladí. Para poder hacerlo se debe haber trabajado, como mínimo, desde los 28 años de manera interrumpida hasta los 65. De tener menos años cotizados se deberán esperar 10 meses para acceder al sistema público, un tiempo que se ampliará, en ambos casos, en 2027. En concreto, dentro de siete años se deberán haber trabajado 38 años y seis meses, o más, para retirarse con el 100% de la pensión a los 65 años, y esperar hasta los 67 si se tienen menos.

Esta tarea, dado el estilo de vida actual en el que los jóvenes se incorporan cada vez más tarde al mercado laboral y en el que tener una carrera constante se ha vuelto una tarea cada vez más complicada, resulta mucho más ardua en el caso de tener hijos, sobre todo si se es  mujer. Ante esta situación en 2011 se incluyó en el proyecto de ley de reforma del sistema de pensiones un enmienda que permite sumar hasta nueve meses de cotización por cada hijo a quienes hayan interrumpido su carrera profesional para dedicarse a su cuidado, bien sean de sangre u adoptados.

Esta medida no es única de España. De hecho, en otros países como Francia, la computación por cada hijo al sistema de pensiones llega hasta los dos años. Pero, pese a alas diferencias, se trata de un paso más a la hora de evitar las desigualdades del sistema e intentar fomentar la natalidad en un país donde la tasa ha disminuido en un 27% los últimos diez años.

¿Quién puede beneficiarse de la medida?

Todos los padres que hayan dejado de trabajar o hayan agotado sus subsidios por desempleo con obligación de cotizar. Eso sí, el derecho solo se puede reconocer a uno de los progenitores, y la madre siempre tendrá prioridad en caso de controversia. Quedan fuera, una vez más, los trabajadores autónomos. Tampoco podrán beneficiarse los trabajadores que no hayan cotizado el mínimo de 15 años necesarios para acceder a la pensión contributiva.

¿Cuánto tiempo se reconoce?

Por cada hijo el tiempo máximo a reconocer es de 270 días (nueve meses), pudiendo sumar cinco años en total. Lo cierto, es que aunque la medida se puso en marcha en 2013, no ha supuesto esa cantidad de días hasta 2019. En 2013, el máximo tiempo computable era de 112 días, y ha ido aumentando ejercicio tras ejercicio hasta los 270 del pasado año.

Hay que tener en cuenta que si a uno de los progenitores, adoptantes o acogedores, no se le asignan todos los días computables por no haber dejado de cotizar tanto tiempo, el periodo no consumido no puede asignarse al otro.

Por otra parte, si se tiene un parto múltiple, o se realiza una adopción o acogimiento múltiple, el tiempo se reconoce de manera independiente por cada hijo.

¿Cómo se realiza el cálculo?

La base de cotización se calcula realizando un promedio de las bases de cotización del beneficiario que haya tenido los seis meses inmediatamente anteriores al inicio de la interrupción de la cotización. Si existen intermitencias, se tienen en cuenta las que correspondan a los seis meses cotizados inmediatamente anteriores a cada periodo que se compute.

En el caso de no tener acreditado el período de seis meses de cotización, la ley dice que se tendrá en cuenta el promedio de las bases de cotización que resulten acreditadas, correspondientes al período inmediatamente anterior a la interrupción de la cotización.

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