Estas son las condiciones

Pensión de viudedad: cómo no perderla al casarte o formar pareja de hecho

La pensión de viudedad se puede seguir cobrando en un nuevo matrimonio o pareja de hecho si se cumplen ciertos requisitos. 

Billetes de euro.
Billetes de euro.
Imagen de wirestock en Freepik.

La pensión de viudedad está en el punto de mira de la Unión Europea. Esta prestación, que surgió en España en un momento en el que las mujeres tenían acceso limitado al mundo laboral y precisaban de ayudas en caso de fallecimiento del cónyuge, podría sufrir una remodelación próximamente tal y como ha sucedido en otros países de Europa. En la actualidad, la reciben 2.350.000 hombres y mujeres en España, siendo una de las pensiones con más posibilidades de compatibilización y duración incluso en caso de nuevo matrimonio.

Las cuantías mensuales a cobrar de la pensión de viudedad oscilan entre los 522,45 euros y los 797,81 euros en función de las cargas familiares del beneficiario. Los requisitos para cobrarla más importantes son que se haya producido el fallecimiento del cónyuge, expareja que pasa una pensión compensatoria o pareja de hecho. Asimismo, el fallecido debe haber estado dado de alta en la Seguridad Social, tener derecho a una pensión de jubilación y haber cotizado al menos 500 días en los últimos cinco años o 15 años a lo largo de la vida laboral si la muerte fue por enfermedad común.

Los que cumplan todas estas condiciones ingresarán el dinero mensualmente y podrán compatibilizarlo con el subsidio por desempleo para mayores de 52 años o la pensión de jubilación. En el primer caso, solo se podrán compaginar si la cuantía de la pensión de jubilación no supera los 712,50 euros, es decir, el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). En segunda instancia, se podrán cobrar pensión de jubilación y viudedad siempre y cuando la suma de ambas no supere la cuantía de la pensión máxima: 2.707.49 euros al mes en 2021. Pero, ¿qué pasa cuando el beneficiario o beneficiaria de la pensión de viudedad que contrae matrimonio o forma una pareja de hecho?

Seguir cobrando la pensión de viudedad y casarse

Por normal general, cuando un beneficiario de la pensión de viudedad contrae matrimonio deja de cobrar el dinero de la prestación. Lo mismo ocurre si forma una pareja de hecho y se produce una convivencia estable durante al menos cinco años y se resgistra en la Comunidad Autónoma o Ayuntamiento con dos años de antelación.

Sin embargo, existen excepciones en estos dos supuestos. Para seguir cobrando el dinero, el pensionista debe tener más de 61 años, o tener una edad inferior y ser beneficiario de una pensión de incapacidad permanente con grado de incapacidad absoluta o gran invalidez.

Por otro lado, el beneficiario debe acreditar que la pensión de viudedad es la principal fuente de ingresos del matrimonio pareja de hecho. En este sentido, el dinero de la pensión debe suponer al menos el 75% de rentas familiares.

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