En 14 pagas

Pensión de viudedad: ¿cuál es la cuantía mínima a cobrar y cómo se solicita?

​La cuantía de la pensión mínima de viudedad va desde el 52% de la base reguladora en su expresión más baja hasta el 70%, dependiendo de los requisitos que se vayan cumpliendo.

Billetes de euro.
Billetes de euro.
Imagen de wirestock en Freepik.

El momento de la muerte de un cónyuge es uno de los momentos más difíciles de la vida de muchas personas. Además de la pérdida personal, los problemas económicos que pueden seguirle representan varias complicaciones. La pensión de viudedad es un instrumento que puede ayudar a paliar estas dificultades, pero es importante señalar que la prestación mínima no suele ser suficiente para cubrir todas las necesidades de los afectados.

La cuantía de la pensión mínima de viudedad va desde el 52% de la base reguladora en su expresión más baja hasta el 70%, dependiendo de los requisitos que se vayan cumpliendo. La más baja es para los menores de 60 años que la pidan, que reciben 522,50 euros al mes. Si tienen entre 60 y 64 años, tendrán derecho a recibir 645,30 euros mensuales. Los que sean mayores de 65 años o tengan una discapacidad en grado igual o superior al 65% recibirán 689,70 euros al mes, y los beneficiario con cargas familiares, 797,90 euros al mes.

Las prestaciones consistirán en 14 pagas, incluyendo las extraordinarias en junio y noviembre, y exigirán distintos requisitos para obtener más o menos en cada entrega. Además de tener 65 años cumplidos, hace falta no recibir otra pensión pública, nacional o extranjera ni ingresos por trabajar por cuenta propia o ajena, ni disponer de más de 7.347,99 euros anuales en rentas de capital, ganancias patrimoniales o rentas de actividades económicas para alcanzar el 60% de la base reguladora. 

Cargas familiares en la pensión de viudedad

Llegar al 70% de la base reguladora tiene otras condiciones, primariamente la de tener cargas familiares, que incluye la convivencia con hijos menores de 26 años, menores acogidos o mayores de 26 años con una discapacidad igual o superior al 33%. Los rendimientos anuales no deben superar el 75% del salario mínimo interprofesional vigente (excluyendo la parte proporcional a las pagas extraordinarias) ni los 18.539,40 euros al año. Además, la pensión de viudedad debe ser el único ingreso, es decir, que supere el 50% de los ingresos totales.

Para pedir la pensión de viudedad, se debe realizar el trámite en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social en cualquier momento después de la muerte del cónyuge, aunque la retroactividad solo cubrirá hasta tres meses. 

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