Deudas

¿Cuándo se puede embargar un plan de pensiones y cuál es la cantidad límite?

Los planes de pensiones no forman parte del patrimonio para ser embargados, pero en caso de rescate o de posibilidad de liquidarlo, sí podrán ser objeto de embargo.

Billetes de euro.
¿Cuándo se puede embargar un plan de pensiones y cuál es la cantidad límite?
Imagen de Pera Detlic en Pixabay.

Los planes de pensiones son productos de ahorro a largo plazo, el objetivo es cubrir la pérdida de ingresos ante una determinada situación, por ejemplo la jubilación. Sin embargo, a lo largo de la vida la situación económica puede cambiar con 'baches' que pueden llevar al embargo. Se trata de un procedimiento que permite al acreedor recuperar el dinero de un deudor, al quedar bloqueados sus fondos, y también puede afectar a los planes de pensiones. 

De manera general el embargo se aplica a los ingresos del deudor, pero si no los hay pasa a otros derechos, como su vivienda o incluso su plan de pensiones. En principio estos productos están protegidos porque no se consideran patrimonio del deudor. La normativa establece que "los derechos consolidados del partícipe en un plan de pensiones no podrán ser objeto de embargo, traba judicial o administrativa", pero añade que esta imposibilidad solo se producirá "hasta el momento en que se cause el derecho a la prestación o en que sean disponibles en los supuestos de enfermedad grave, desempleo de larga duración o por corresponder a primas abonadas con al menos diez años de antigüedad". 

Es decir, ante un requerimiento judicial el embargo solo se producirá si el titular accede al plan de pensiones, lo rescata, o incluso cuando tenga posibilidad de acceder a su liquidación. Este último matiz es importante porque fue una modificación que se introdujo en 2015 y hasta entonces muchos titulares, aunque tenían posibilidad de rescatar el plan, por ejemplo por incapacidad, no lo hacían para evitar embargos. Sin embargo, ahora basta con que tengan posibilidad para hacerlo para que se proceda a ello. 

Los planes de pensiones se contratan con el objetivo de rescatarlo en el momento de la jubilación, pero también existen otras contingencias que dan ese derecho. Es el caso de situación de incapacidad, dependencia, situación de desempleo de larga duración, enfermedad grave o fallecimiento.

Además, hay que tener en cuenta que en los últimos años se han flexibilizado las opciones para rescatar los planes de pensiones. En ese sentido, destaca la posibilidad de rescatar los planes con una antigüedad superior a los 10 años partir del 1 de enero de 2015, lo que significa que en 2025 los titulares de estos planes podrán obtener su dinero de vuelta, pero también podrán ser objeto de embargo en caso de acumular deudas. 

La normativa únicamente limita la cantidad a embargar en cuentas con sueldos, salarios o pensiones, de acuerdo a la Ley de Enjuiciamiento Civil. En esos casos se impide embargar la totalidad de los ingresos y se establece como límite el salario mínimo interprofesional, de manera que el embargo solo podrá recaer sobre la parte que exceda de este importe, en la actualidad fijado en 950 euros.

¿Qué hacer en caso de embargo?

En cualquier caso, el trámite del embargo se deberá realizar conforme al criterio de buenas prácticas bancarias que obliga a la entidad a notificar el embargo al titular de la cuenta, pese a que la propia administración o el juez que ordene el embargo también envíen la notificación correspondiente. La comunicación del banco debe producirse de forma inmediata, para que el titular pueda ejercer en plazo los derechos que la normativa le reconoce para oponerse a la ejecución.

Una vez notificado el embargo, y tras comprobar que no se trata de un error, lo importante es pagar las deudas pendientes lo antes posible. En caso de no responder ante ellas se podrán generar intereses que incrementan el importe a deber.

¿Cuánto te cuesta tu plan de pensiones?:

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