Trabajo público

Plazas, temporalidad... Todo lo que cambia para los interinos en 2022

El pasado jueves 30 de diciembre, entró en vigor la ley para reducir la temporalidad en el empleo público, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Entrevista de trabajo.
Entrevista de trabajo.
Foto de Gustavo Fring de Pexels.

El pasado jueves 30 de enero, entró en vigor la nueva ley que tiene como objetivo reducir la temporalidad por debajo del 8%, una ratio que sí que cumple la Administración General del Estado, pero no otros ámbitos territoriales. Así las cosas, la norma reservará concursos y no oposiciones para puestos de trabajo en la Administración que hayan estado ocupados de forma temporal durante al menos cinco años. 

No solo eso, esto forma parte del compromiso que adquirió el Gobierno con la Unión Europea a través de las reformas contenidas en el Plan de Recuperación. Supone también cumplir con las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo. 

Con todo, a partir de ahora, las Administraciones Públicas deberán ofertar, antes del 1 de junio de 2022, las plazas de trabajadores temporales que están actualmente ocupadas. Los procesos selectivos deberán finalizar antes del 31 de diciembre de 2024 y será un proceso de concurso-oposición el que dará acceso a estas plazas.

Fase de concurso

La fase de concurso ponderará un 40% y la experiencia será el elemento determinante en la valoración, mientras que la ley fija que los ejercicios de la fase de oposición podrán considerarse no eliminatorios.

Asimismo, las diferentes Administraciones podrán adaptar el temario y el tipo de pruebas para la estabilización del empleo, según consideren más apropiado para cada ámbito. Uno de los puntos claves de la nueva norma es que las plazas que hubieran estado ocupadas con carácter temporal de manera ininterrumpida desde antes del 1 de enero de 2016 se convocarán por el sistema de concurso de manera excepcional.

Esto significa que las plazas estructurales de la Administración que lleven al menos cinco años ocupadas de forma interina, así como las ocupadas por personas interinas que lleven más de cinco años empleadas en la Administración, se convocarán a través de este proceso extraordinario para su estabilización.

El personal interino que no supere este proceso selectivo tendrá derecho a una indemnización de 20 por año trabajado hasta un máximo de doce meses. Estas personas también se incorporarán a una bolsa de empleo específica.

La aplicación de la norma alcanzará a todos los niveles de la Administración, a todas las sociedades mercantiles públicas, a las entidades públicas empresariales, a las fundaciones y los consorcios del sector público, por lo que el proceso de regularización se efectuará en todos esos ámbitos, sin perjuicio de que pueda adecuarse a su normativa específica. Del mismo modo, tanto el personal funcionario como el laboral, siempre que cumpla las condiciones requeridas, se beneficiará de la estabilización que recoge la ley.

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