Prestaciones de 451 euros mensuales

Estos son los plazos para poder solicitar el subsidio extraordinario de desempleo

Existen dos vías para poder solicitar esta ayuda, con algunos requisitos en común y otros específicos para cada una: agotar un subsidio ordinario de desempleo o ser un parado de larga duración.

Billetes de euro.
Billetes de euro.
Imagen de Racool_studio en Freepik.

El subsidio extraordinario de desempleo se trata de una ayuda estatal diseñada para aquellas personas que tengan cargas familiares y que han agotado el subsidio del paro. Estas prestaciones equivalen a una cuantía de 451 euros mensuales y se le entregarán al beneficiario durante un máximo de seis meses sin posibilidad de prórroga.

Para acceder a las mismas existen dos vías, aunque también es importante cumplir con los requisitos comunes y otros más específicos para cada una de las ayudas. Por un lado, haber agotado el subsidio ordinario de desempleo o, por otro, permanecer inscrito como demandante de empleo durante un periodo mínimo de 360 días en los dieciocho meses inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud. En muchos casos, también se concederán después de agotar las prestaciones por desempleo, la Renta Activa de Inserción (RAI) o el Plan PREPARA.

Requisitos básicos y plazos

El acceso a estas ayudas de desempleo por las vías anteriormente mencionadas tienen unas condiciones de solicitud. Por lo que no todos los interesados podrán resultar beneficiarios de las mismas.

  • Ser el responsable principal del cónyuge o hijos menores de 26 años 
  • Que la suma de sus ingresos no supere el 75% del sueldo mínimo interprofesional
  • No tener derecho a otras prestaciones
  • No haber recibido esta ayuda o la del Programa de Activación para el Empleo previamente
  • No tener la edad para poder acceder a la jubilación
  • Aportar el certificado de Búsqueda Activa de Empleo, 
  • No trabajar por cuenta ajena a tiempo parcial ni haber cesado en el último trabajo realizado de forma voluntaria después de haber agotado el último derecho

Quienes cumplan con estos requisitos, deben saber que existen distintos plazos a la hora de completar la solicitud. Y en caso de superarlo podría resultar imposible pedir la prestación. Para la primera vía, es decir, la que existe haber agotado el subsidio de desempleo, esta ayuda se puede solicitar 15 días después de que se cumpla el mes de espera posterior al agotamiento del mismo. En el segundo caso, el de los parados de larga duración, no existe una fecha límite para pedirla, aunque será fundamental que acrediten la finalización de las ayudas extraordinarias anteriores.

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