Qué permite la ley

¿Es posible dejar la herencia a las mascotas? Opciones para los españoles

Para las personas que quieren garantizar el bienestar de sus animales de compañía una vez que ellas mismas hayan fallecido, existen algunas posibilidades para asegurar que estos queden en buenas manos

Valencia, Oviedo, Madrid... Las mejores ciudades en España para que viajes con tu mascota
¿Es posible dejar la herencia a las mascotas? Opciones para los españoles

Más de una película de ficción se ha dedicado a explorar el caso hipotético en que los animales de un individuo son los beneficiarios únicos de su testamento. Esta convención narrativa ha permitido a varias personas formarse una idea de lo que podrían hacer para favorecer a sus mascotas, pero cabe acotar que la realidad suele ser más compleja que lo que vemos en las pantallas. Si bien es cierto que la ley permite tales disposiciones en Estados Unidos, no es posible que los bienes muebles e inmuebles del causante de un testamento pasen a estar a nombre de un animal en España.

Sin embargo, para las personas que le tienen un inmenso cariño a sus animales de compañía y quieren garantizar su bienestar una vez que ellas mismas hayan fallecido, existen algunas posibilidades para asegurar que estos queden en buenas manos. Una de las opciones más comunes es indicar expresamente en el testamento quién será el próximo responsable de la custodia y cuidado de la mascota. En este sentido, se considera que este es un bien que se deja a alguno de los herederos, que deberán decidir cómo atender sus necesidades. 

Condición de heredero

También se puede encargar el animal a alguna fundación que ofrezca este tipo de servicios. Dado que una fundación sí puede recibir herencias, se puede dejar dinero a alguna que nos genere suficiente confianza o incluso crear una nueva dedicada al cuidado del animal, lo cual sería la manera más cercana a lo que entendemos por dejarles la herencia.

Otra posibilidad es declarar como condición para heredar que la persona indicada se encargue del animal, es decir, que esta persona interesada tendría que cumplir con la atención que debe prestarle bajo riesgo de que perderá su parte de la herencia o se le suspenderá si no cumple con esta obligación.

Mostrar comentarios