Según la base reguladora

¿Se puede cobrar el 100% del sueldo estando de baja por accidente laboral?

La cuantía que se recibe por parte de la Seguridad Social varía en función de si la incapacidad temporal es consecuencia de una enfermedad común o de un accidente de trabajo, y de la duración de la misma.

¿Se puede cobrar el 100% del sueldo estando de baja por accidente laboral?
¿Se puede cobrar el 100% del sueldo estando de baja por accidente laboral?
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Una de las circunstancias más difíciles a las que tiene que enfrentarse un trabajador es a una baja por enfermedad común o accidente no laboral, o por enfermedad profesional o accidente de trabajo. Cuando esto sucede, se declara una incapacidad temporal que supone percibir una prestación económica para cubrir la pérdida de rentas mientras se recibe asistencia sanitaria por parte de la Seguridad Social. Su duración y cuantía varía en función de múltiples requisitos, por lo que es probable que, quienes están en esta situación, se pregunten si pueden cobrar el 100% de su salario.

El organismo dependiente del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, liderado por José Luis Escrivá, estable que, con carácter general, para tener derecho al cobro de esta prestación, el trabajador debe estar dado de alta o en situación asimilada de alta en la Seguridad Social. Además, si se trata de una enfermedad común o accidente no laboral, debe tener una cotización previa de 180 días dentro de los cinco años anteriores a la baja.

Por ello, a la baja por accidente laboral pueden acogerse los empleados incluidos en cualquier régimen de la Seguridad Social, así como en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA) que formen parten del sistema especial de trabajadores agrarios que hayan optado por incluir esta cuantía. No obstante, es posible perder la prestación ante una actuación fraudulenta para obtenerla o conservarla, trabajar por cuenta propia o ajena y rechazar o abandonar el tratamiento prescrito.

Cuánto se cobra estando de baja por accidente laboral

Una de las principales cuestiones que se han de tener en cuenta si se está de baja es que la cuantía depende de si es consecuencia de una enfermedad común o un accidente laboral, y de su duración, tal y como indican en la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Así, el dinero que puede recibir el trabajador es el siguiente:

  • En los casos de enfermedad común y accidente no laboral, la cuantía es del 60% de la base reguladora del día 4 al 20, y del 75% a partir del día 21. Para calcular la base reguladora, hay que dividir la base de cotización del trabajador en el mes anterior al del comienzo de la baja por el número de días a que esa cotización se refiere: 30 días si los salarios son mensuales, y 28, 29, 30 o 31 si son diarios.
  • En los casos de accidente laboral, la prestación es del 75% de la base reguladora desde el primer día de la incapacidad temporal. La base reguladora es el resultado de sumar la base de cotización por contingencias profesionales del mes anterior dividida por el número de días, más la cotización por horas extraordinarias del año natural anterior dividida entre 365 días.

Cuánto tiempo se puede estar de baja por accidente laboral

Si se cumplen todos los requisitos, los trabajadores tienen derecho a estar de baja y cobrar la prestación por incapacidad temporal. Pero su duración no es indefinida, sino que depende del tipo de dolencia que se sufra.

Así, cuando se trata de una enfermedad común, este ingreso se recibe durante un año, prorrogable por seis meses si hay evidencias de recuperación y, si no es así, el INSS puede conceder una incapacidad permanente, si lo considera oportuno. En cambio, si la baja se debe a un accidente laboral, la duración será de seis meses, prorrogables por seis meses más.

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