Prestación de desempleo

¿Puedo pedir un aumento de la retención del IRPF al cobrar el paro?

La declaración de la Renta es un trámite que ajusta cuentas con Hacienda sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el resultado dependerá de las retenciones aplicadas a lo largo del año.

¿Puedo pedir un aumento de la retención del IRPF al cobrar el paro?
¿Puedo pedir un aumento de la retención del IRPF al cobrar el paro?
Eduardo Parra a través de Europa Press

La Campaña de la Renta continúa y los contribuyentes que no la hayan presentado todavía están a tiempo. Tienen hasta el día 30 de junio y ahora ya pueden recurrir a la atención telefónica o presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria. La prestación por desempleo también cuenta con su propio IRPF y es posible aumentar este impuesto.

El resultado de la declaración de la Renta puede ser a devolver o a pagar a Hacienda. Se trata de un trámite con el que ajustar cuentas con Hacienda sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el resultado dependerá de las retenciones aplicadas a lo largo del año. Así, si las retenciones aplicadas han sido mayores que el importe de IRPF que le corresponde al contribuyente, el resultado será a devolver y si son inferiores, tendrá que pagar a la Agencia Tributaria.

La Campaña de la Renta vigente actualmente corresponde al año 2022. Es decir, los contribuyentes deberán pagar o recibirán devuelta los importes del IRPF que correspondan según los ingresos obtenidos cada año. Este 2023, por tanto, los contribuyentes deberán estar atentos a las retenciones que se les aplican para anticiparse al resultado de la Renta del año que viene.

El paro tributa como rendimiento del trabajo

La prestación por desempleo es una ayuda contributiva que se reconocen a las personas en situación de desempleo que han cotizado a la Seguridad Social durante al menos un año. De cara a Hacienda es un rendimiento del trabajo y, por tanto, debe tributar por el IRPF. El Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE) es el órgano responsable de gestionar esta prestación y quien aplica la retención.

El propio SEPE en su página web explica que “la retención del IRPF se produce porque las prestaciones por desempleo son consideradas como una renta sujeta a tributación según la legislación fiscal”.

El tipo de retención, igual que ocurre con otros rendimientos, depende del importe total que se vaya a percibir a lo largo del año, junto a las circunstancias familiares y personales de cada contribuyente –que pueden dar lugar a deducciones-. En este caso, variará según el importe de paro que le corresponde al beneficiario, así como la duración de esa prestación durante el año natural en curso.

Solicitud por escrito para aumentar el IRPF del paro

Pese a que esa retención varía, hay que tener en cuenta que el importe del paro se encuentra en los rangos inferiores del tipo impositivo del IRPF. Por eso, si el contribuyente percibe otros rendimientos o solo cobra el paro de manera puntual ese año, es posible que le interese elevar la retención aplicada para evitar que al año siguiente su declaración de la Renta salga a pagar a Hacienda.

El SEPE aplica la retención que le corresponde a cada contribuyente, pero se podrá modificar si así se lo pide el beneficiario del paro. Eso sí, la Administración ya aplica el porcentaje mínimo aplicable y solo se podrá elevar esa retención. La solicitud del cambio se deberá realizar por escrito cinco días antes de terminar el mes anterior al cobro de la nómina.

Una vez realizada la solicitud del cambio, el nuevo tipo se aplicará hasta final de año y en tanto no renuncie por escrito o solicite un nuevo tipo superior. No obstante, se podrá volver a modificar al alza en caso de otras regularizaciones por cambios en sus circunstancias personales y familiares que determinen un tipo superior al solicitado.

En ese sentido, hay que tener en cuenta que, aunque pidas un incremento de la retención por encima de lo que corresponde, no perderás dinero. La declaración de la Renta sirve para ajustar cuentas entre lo que cada contribuyente debe pagar por IRPF y las retenciones ya aplicadas –que sirven como anticipo-. Así, si la retención es superior, la declaración de la Renta saldrá a devolver y el contribuyente obtendrá de vuelta la diferencia.

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