Disponible desde el 15 de febrero 

¿Puedo pedir el cheque de 200 euros si vivo con mis padres?

Los hijos o hijas que vivan con sus padres sí que podrán solicitar la ayuda de 200 euros en la Sede de la Agencia Tributaria siempre que cumplan con los requisitos especificados desde el Gobierno de España. 

¿Puedo pedir el cheque de 200 euros si vivo con mis padres?
¿Puedo pedir el cheque de 200 euros si vivo con mis padres?
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El cheque de 200 euros presenta grandes dudas para sus potenciales beneficiarios, que verán como el próximo 15 de febrero la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria abrirá una plataforma para solicitar la ayuda impulsada desde la sede del Gobierno de España. Ahora bien, qué ocurre en el caso de las personas que viven con sus padres. ¿Es posible? Pues bien, la respuesta es que sí, siempre que se cumplan con los requisitos que se detallan a continuación. 

Por otra parte, es de vital importancia saber que pueden pedir el cheque de 200 euros los trabajadores por cuenta ajena, los autónomos y las personas en situación de desempleo. Ahora bien, los que no podrán realizar el trámite son los pensionistas y los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital. Desde el Ministerio de Hacienda, liderado por María Jesús Montero, argumentan esta polémica decisión en que este colectivo de personas ya se han visto beneficiadas por la revalorización de ambas prestaciones sociales de cara a 2023.

Vivo con mis padres: ¿puedo pedir la ayuda de 200 euros?

Es posible solicitar el cheque de 200 euros, aunque el interesado viva en casa de sus padres, siempre y cuando las rentas obtenidas en 2021, incluidas las que perciban los convivientes, sean inferiores a 14.000 euros íntegros, esto es, el importe bruto percibido sin descontar gastos ni retenciones. En lo que respecta al patrimonio, descontando la vivienda habitual, no debe superar los 43.196,40 euros.

¿Cómo y cuándo puedo solicitar la ayuda de 200 euros?

La Sede Electrónica de la Agencia Tributaria abrirá una plataforma el próximo 15 de febrero en la que se podrá gestionar la ayuda de 200 euros a través de un formulario online. Una vez que Hacienda compruebe los requisitos y, como consecuencia, quede aceptada la solicitud, realizará un pago único al titular de la cuenta. En lo que respecta a la documentación a presentar, en principio no será necesario, puesto que Hacienda cruzará sus datos con los de otras administraciones y determinará si el contribuyente tiene derecho al cheque. Si no procede la concesión de la ayuda, el organismo público se lo notificará al solicitante, quien dispondrá de diez días para alegar. Transcurrido el plazo de un mes sin que este haya presentado alegaciones, documentos o justificantes se considera denegada su petición.

¿Quién queda excluido?

No tendrán derecho a tramitar esta segunda medida anticrisis los siguientes grupos de personas físicas, como se refleja en el Real Decreto Ley 11/2022 publicado en el BOE.

  • Quienes perciban el Ingreso Mínimo Vital.
  • Quienes reciban una pensión abonada por el Régimen General o los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado.
  • Quienes perciban prestaciones análogas de las mutualidades de previsión social alternativas al RETA (Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomo).

Asimismo, el Boletín Oficial del Estado señala que tampoco podrán solicitar el cheque de 200 euros, independientemente de la valoración del patrimonio neto, las personas que ellas mismas o sus cónyuges, fueran administradores de derecho de una sociedad mercantil que no hubiese cesado su actividad a 31 de diciembre o fuesen titulares de valores representativos de la participación en los fondos propios de una sociedad mercantil no cotizada.

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