¿Qué debo hacer en mi declaración si compré acciones del Banco Popular?

  • Las pérdidas patrimoniales se podrán compensar hasta el año 2021.
¿Qué debo hacer en mi declaración de la renta si compré acciones del Banco Popular?
¿Qué debo hacer en mi declaración de la renta si compré acciones del Banco Popular?

Si fuiste uno de los 300.000 accionistas que depositaron e invirtieron su dinero en acciones del Banco Popular, deberás declarar las pérdidas en el caso de haber obtenido beneficios con otras inversiones. Las minusvalías que sufrieron en el año 2017 se compensarán en esta declaración.

La Agencia Tributaria está avisando en el borrador de la declaración a los contribuyentes que hayan sufrido pérdidas por ser propietarios de bonos y obligaciones del Banco Popular, y que pueden compensar esas pérdidas.

La pérdida se cuantifica por diferencia entre el valor de transmisión, que es cero, y el de adquisición, que será el precio previo pagado, a los que se deben añadir los gastos y comisiones de compra, y restar la cuantía conseguida por los derechos de suscripción vendidos durante la tenencia de los bonos.

Este hecho arrojará una pérdida patrimonial del 100%. Se debe realizar rellenando la casilla 293 de la renta, donde se imputan las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de acciones.

La pérdida se podrá compensar desde el año 2017 y hasta el 2021, los cuatro años siguientes, con la excepcionalidad que desde este año, el límite de compensación fijado con los rendimientos del capital inmobiliario será el 25% en vez del 20%.

Por su parte, los contribuyentes que aceptaron los bonos de fidelización del Banco Santander, deben saber que estos bonos cotizan como ganancias patrimoniales y deben incluirse. Del mismo modo Hacienda está informando del valor de la compensación.

Anulación de compra de acciones

Además, el Juzgado de Primera Instancia número 11 de Oviedo ha dictado una sentencia por la que anula la compra de acciones del Banco Popular si se realizaron durante la ampliación de capital llevada a cabo en el año 2016.

La resolución judicial, contra la que cabe recurso, condena a la entidad financiera y anula la compra de 5.000 acciones realizada por el denunciante entre junio y noviembre de 2016 por importe de 5.454 euros, además de obligar al Popular a devolver esa cantidad más intereses.

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