Hasta el 31 de marzo

¿Qué pensionistas deberán entregar la Fe de Vida para no perder su pensión?

Los pensionistas de la Seguridad Social española necesitan acreditar estar vivos para continuar recibiendo su pensión.

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©️[Natural Women] a través de Canva.com

Mucho se está escribiendo en los últimos días acerca de la fe de vida para pensionistas jubilados. Pero, ¿qué es y cómo afecta a la pensión? El Ministerio de Justifica explica que se trata de un documento que acredita que una persona está viva, así como su estado civil. Por lo que llegados a este punto, la cuestión que se plantea ahora es para qué sirve. La respuesta es muy sencilla. 

Tal y como indica el Ministerio de Trabajo y Economía Social, para evitar la suspensión de las pensiones de la Seguridad Social es necesario remitir anualmente, en los tres primeros meses del año, una FE de VIDA y Estado al organismo que gestiona la pensión. Lo cierto es que este certificado no es obligatorio para los pensionistas de origen español, aunque las condiciones cambian si los pensionistas residen en el extranjero.  

¿Quién tiene que presentar la Fe de Vida para pensionistas?

La Seguridad Social aclara quiénes son los únicos pensionistas que deben presentar fe de vida. Únicamente estarán obligados a presentar el certificado de fe de vida para mantener la pensión las personas que residen en el extranjero. El plazo para presentar la documentación va desde el 2 de enero hasta el 31 de marzo. Según explica el Ministerio de Exteriores en su página web, en caso de que no se presente este trámite, la Seguridad Social procederá a retirar la pensión de jubilación. 

Qué sucede si eres pensionista residente en España

La Seguridad Social aclara en una nota de prensa que los pensionistas españoles no deben realizar ninguna comunicación de fe de vida ni realizar ningún otro trámite con el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Dicho esto, seguirán percibiendo su prestación económica con normalidad sin la necesidad de remitir ninguna documentación al respecto.

Cómo conseguir la Fe de Vida

La Fe de Vida puede obtenerse mediante acta notarial de presencia o compareciendo ante los encargados de los Registros Civiles Consulares, o también se expiden en las Consejerías o Secciones de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social del lugar donde residan. Además, como novedad, este año el certificado de comparecimiento podrá obtenerse también a distancia mediante videoconferencia.

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