Mejor trato fiscal al emprendimiento

Qué es la 'Ley Beckham' y cómo afecta a los tramos del IRPF para extranjeros

El Gobierno ha abierto una ronda de contactos con consultores y expertos fiscales para analizar posibles cambios en el régimen de impatriados del IRPF. 

Billetes de euro.
Qué es la 'Ley Beckham' y cómo afecta a los tramos del IRPF para extranjeros
Imagen de Alexas_Fotos en Pixabay.

El Gobierno ha abierto una ronda de contactos con consultoras y expertos fiscales para analizar posibles cambios en el régimen de impatriados del IRPF. La intención es hacer de España un territorio más propicio al emprendimiento y la vía para ello no es otra que la conocida como Ley Beckham. Un mecanismo que el Ejecutivo aspira a convertirlo en el gancho perfecto para atraer hacia el país talentos e inversiones vinculadas a la nueva economía digital, aprovechando el 'efecto llamada' de los fondos europeos

Pero, ¿qué era, exactamente, la Ley Beckham? Se basaba en que todos aquellos extranjeros que llegasen a España a desarrollar su actividad laboral, tanto en el momento de su llegada como durante los años siguientes, tributasen como no residentes, a pesar de que a efectos prácticos sí que residían en el país. Es decir, permitía a los impatriados tributar por el tipo del 24% y solo por las rentas obtenidas en España, en lugar de hacerlo al tipo marginal del IRPF (45% - 47%) y por toda su renta mundial. 

Se la conoce como Ley Beckham desde que el Real Madrid de Florentino Pérez aprovechase estas ventajas fiscales proporcionadas por la norma para plantear al mítico David Beckham una oferta económica difícil de rechazar. El futbolista inglés fue de los primeros en acogerse a esta medida. 

Los requisitos que entonces debían cumplir los contribuyentes eran los siguientes: no haber tenido residencia fiscal en España durante los 10 ejercicios anteriores al desplazamiento, que se llegase al país con motivo de un contrato de trabajo y, por último, que no se obtuvieran rentas que se calificarían como obtenidas mediante un establecimiento permanente situado en territorio español. 

En 2010, el Gobierno Zapatero abordó el primer tijeretazo al régimen, excluyendo a los deportistas profesionales del mismo y reduciendo su efectividad real a los primeros 600.000 euros de su renta. Todo lo que se ganara por encima de ese umbral tributaría a partir de entonces al tipo marginal del IRPF. En 2015, Cristóbal Montoro dio una nueva vuelta de tuerca al régimen especial y sentó el principio de que durante la permanencia de los contribuyentes en el mismo todas sus rentas se considerarían obtenidas en territorio español, lo que exponía a sus potenciales beneficiarios al riesgo de tener que tributar en en dos países distintos por las retribuciones diferidas en forma de bonos o incentivos en forma de acciones generados antes de instalarse en España.

Mostrar comentarios