¿Quién debe presentar la declaración del IRPF y quién no?

  • Todos los contribuyentes están obligados a declarar pero según tu situación personal puedes estar exento de presentar tus impuestos.
Quién debe presentar la declaración del IRPF y quién no
Quién debe presentar la declaración del IRPF y quién no

¿Quiénes están obligados a presentar la declaración de la Renta? ¿Estamos todos obligados? Esta cuestión te habrá rondado desde que se ha abierto el plazo de presentación de impuestos del año 2017.

En principio, la Agencia Tributaria establece que todos los contribuyentes residentes en España están obligados a presentar impuestos, pero hay determinadas excepciones por las que es posible no tener que realizar este trámite dependiendo de los ingresos y de su procedencia.

El manual de la Agencia Tributaria lo explica de forma detallada:

No tienen que presentar declaración quienes tengan rendimientos del trabajo personal, iguales o inferiores a 22.000 euros anuales, siempre que procedan de un solo pagador, o bien cuando existan varios pagadores, siempre que la suma del segundo y posteriores por orden de cuantía no superen en su conjunto la cantidad de 1.500 euros.

Cuando los únicos rendimientos de trabajo consistan en prestaciones pasivas y el límite se fija en 12.000 euros anuales en determinados supuestos. También están exentos de realizar declaración los rendimientos del capital mobiliario y las ganancias patrimoniales sometidas a retención, con el límite conjunto de 1.600 euros anuales.

Otras excepcionalidades exentas son las rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de letras del tesoro y subvenciones para adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, con límite conjunto de 1.000 euros anuales.

No tendrán que presentar declaración en ningún caso quienes obtengan rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, o ganancias patrimoniales que conjuntamente no superen los 1.000 euros ni quienes hayan tenido, exclusivamente, pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.

No obstante, indican los expertos de la Agencia Tributaria “aunque no resulten obligados a declarar, todos los contribuyentes que ejerciten el derecho a aplicarse determinadas reducciones o deducciones o a recibir una devolución tienen que confirmar el borrador o presentar la declaración.”

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