Cambios en el texto final

El Gobierno retoca la reforma laboral a última hora para el sí definitivo de CEOE

El real decreto ley que ha aprobado el Consejo de Ministros este martes incluye mejoras en temporalidad y ERTE. La norma entrará en vigor este mismo miércoles, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

El presidente de la CEOE, Antonio Garamendi, conversa con la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, durante un desayuno informativo del Fórum Europa protagonizado por el presidente de ATA, Lorenzo Amor, este jueves en Madrid.

El Gobierno retoca la reforma laboral a última hora para el sí definitivo de CEOE
EFE

El Gobierno ha incluido importantes cambios en el texto final de la reforma laboral, que ha aprobado este martes el Consejo de Ministros, respecto a las últimas versiones que se manejaron en la mesa de diálogo social. En el real decreto ley que entrará en vigor este mismo miércoles, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se introducen modificaciones, principalmente, en dos materias: en las medidas para limitar los abusos de la temporalidad y en los beneficios para las empresas que tengan que aplicar expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE). No son cambios menores e introducen aún más flexibilidad para las empresas en una reforma que los expertos califican de "lifting sin cirugía".

Los agentes sociales ya advirtieron, incluso tras anunciar su visto bueno al acuerdo alcanzado con el Gobierno, de que el texto no estaba totalmente cerrado. Y las conversaciones para los ajustes y remates finales se sucedieron durante todo el fin de semana. Finalmente, el texto que ha llegado al último Consejo de Ministros del año contiene algunos cambios importantes respecto al contenido que trascendió el pasado jueves, después de que las cúpulas de la patronal y los sindicatos respaldaran el pacto tripartito.

Para empezar, se suaviza considerablemente la penalización al abuso de contratos temporales. Inicialmente, el Gobierno había introducido una sobrecotización a la Seguridad Social por cada baja de contrato temporal, que alcanzaría los 25 euros. En la versión final del texto que irá al BOE y entrará en vigor este mismo miércoles, la cuantía de esa tasa-castigo se mantiene, pero se establece solo para los contratos de menos de 30 días y se excluyen algunas modalidades contractuales, como los contratos de sustitución. Tampoco será de aplicación a los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para trabajadores por cuenta ajena agrario; ni a los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Empleados de Hogar o el Régimen Especial para la Minería del Carbón, según fija el real decreto ley.

En concreto, el texto legal establece que "los contratos de duración determinada inferior a 30 días tendrán una cotización adicional a cargo del empresario a la finalización del mismo". Y determina que "dicha cotización adicional se calculará multiplicando por tres la cuota resultante de aplicar a la base mínima diaria de cotización del grupo 8 del Régimen General de la Seguridad Social para contingencias comunes, el tipo general de cotización a cargo de la empresa para la cobertura de las contingencias comunes", lo que da como resultado unos 25 euros. 

Pero esta penalización, que busca desincentivar los abusos de la contratación temporal en las empresas, no se aplicará a todos los contratos, como se había planteado inicialmente, sino a los que duren menos de un mes y excluidas las modalidades antes mencionadas. Una cesión que ha arrancado la patronal en el tiempo de descuento. Pero no es la única. El texto también incorpora, en este caso por seguridad jurídica, que las infracciones en materia de temporalidad cometidas antes de la entrada en vigor de esta norma se sancionarán en base a las cuantías anteriores de las multas y las nuevas sanciones, más elevadas (de hasta 10.000 euros), se aplicarán a los fraudes cometidos a partir de este miércoles, 29 de diciembre.

También se incluye una vacatio legis de tres meses para la entrada en vigor del nuevo esquema de contratación y se mantiene la vigencia de los contratos de las modalidades "antiguas" (obra y servicio, interinidad, formativos, etc.) que estén activos hasta su duración máxima. Se pretende dar así margen de adaptación a las empresas y también al Servicio Público de Empleo Estatal, que tiene que actualizar todo el sistema para adaptarlo a los nuevos modelos de contratos que regirán desde este miércoles.

Los empresarios también han conseguido mejoras en el esquema de bonificaciones de los nuevos ERTE, en concreto en la modalidad sectorial del mecanismo RED. Se trata de una herramienta de flexibilidad interna a la que podrán recurrir las compañías cuando en su sector se aprecien cambios que generen necesidades de recualificación y transición profesional de los trabajadores. Pues bien, inicialmente, el Gobierno había puesto negro sobre blanco que las exoneraciones a la Seguridad Social alcanzarían el 20% y en la versión final del texto ese descuento se eleva hasta el 40%.

El texto que ha aprobado el último Consejo de Ministros del año también incorpora, en una disposición adicional, la prórroga de la cuantía actual del Salario Mínimo Interprofesional. El Gobierno opta, un año más, por volver a congelar el SMI para dar margen al diálogo social. Fuentes gubernamentales matizan que las negociaciones con la patronal y los sindicatos se abrirán "próximamente" y que la actualización de esta referencia salarial, en todo caso, puede producirse con carácter retroactivo a 1 de enero. Por el momento, el SMI arrancará el año congelado en 965 euros mensuales.

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