Agilizar los trámites

Así podría funcionar el nuevo registro de cuentas bancarias para los fallecidos

Los tres grupos parlamentarios gallegos han pedido al Gobierno central impulsar este proyecto para facilitar la burocracia cuando fallece un familiar cercano y necesitan conocer sus productos bancarios.

Billetes de euro.
Billetes de euro.
Imagen de wirestock en Freepik.

Ya a principios de septiembre el Grupo Popular de Galicia lanzaba una propuesta para crear un certificado de titularidades de cuentas, saldos y productos bancarios de las personas fallecidas. Según la diputada Felisa Rodríguez Carrera, autora de la iniciativa, el objetivo de este documento era facilitar a los familiares y allegados el acceso a este tipo de cuentas sin necesidad de pasar por numerosos trámites y citas burocráticas que entorpecieran el acceso a las herencias.

De hecho, este certificado podría agilizar la aceptación o renuncia de estos legados en caso de que los fallecidos tuviesen muchas deudas. Según el Registro de Notarios, cerca del 14% de los herederos rechazaron sus herencias por no poder afrontar los impagados e impuestos en el último año, un porcentaje que apenas representaba el 4,7% en 2008.

Ahora, a esta propuesta se han unido el resto de grupos parlamentarios de la Xunta de Galicia. Tal y como apuntan desde La Voz de Galicia, el Grupo Popular ha contado con el apoyo de NGB y PSdeG en la comisión. "Es política útil que hace más sencillo el día a día de las personas", recordaba Rodríguez tras el acuerdo. La Xunta tendrá que trasladar esta idea al Gobierno central y reclamar la creación de un registro organizado y accesible para todos los descendientes.

Conocer la situación bancaria

En la actualidad, los familiares pueden acceder a otro tipo de certificados y documentos tras la muerte de su pariente. Desde la misma página web del Ministerio de Justicia, como el Certificado de Actos de Última Voluntad o el Certificado de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento. Sin embargo, para conocer qué cuentas o servicios tienen contratados en los distintos bancos, en muchos casos solo pueden acudir a cada entidad por separado, con los impedimentos que las mismas pueden proporcionar. Por su parte, en la Agencia Tributaria solamente ofrecen las posiciones donde tenga rendimientos financieros y que hayan sido recogidos en la Declaración de la Renta.

"Consideramos necesario habilitar un trámite sencillo para que, la persona que acredite un interés legítimo, pueda obtener un certificado que indique el nombre de las entidades financieras donde el causante tiene cuentas, valores o préstamos", dijo Felisa Rodríguez durante la sesión parlamentaria. Asimismo, dijo que este registro "debería estar incluido en el Ministerio de Justicia y complementaría los registros de actas de defunción, últimas voluntades y contratos de cobertura de seguro de defunción".

La idea con el registro de cuentas bancarias sería muy similar, ya que ayudaría a conocer todos los productos financieros contratados y evitar disgustos como el pago de cuotas indeseadas una vez el familiar haya fallecido. La intención además es que la información abarque un periodo de un año antes de la fecha del fallecimiento, según la normativa vigente del impuesto de sucesiones.

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