Empieza la campaña

Esto es lo que supone un resultado de la declaración de la Renta en negativo

A partir de este miércoles y hasta el próximo 30 de junio, todos los contribuyentes que cumplan los requisitos están obligados a rendir cuentas con Hacienda. 

Billetes de euro.
Billetes de euro.
Imagen de Racool_studio en Freepik.

Este miércoles 6 de abril comienza la campaña de la declaración de la Renta. A partir de hoy y hasta el próximo 30 de junio, fecha límite, todos los contribuyentes con residencia legal en España y que cumplan los requisitos -aquellos que superen los 22.000 euros anuales de un pagador o 14.000 euros si son dos pagadores- deberán declarar los ingresos correspondientes al año 2020. 

Supone la campaña más atípica que se recuerda, tras el año marcado por los ERTE y el ingreso mínimo vital, como consecuencia de la pandemia. Esto supone, en algunos casos, que pese a tener los mismos ingresos o incluso menos que en 2019, hay quien se verá obligado a hacer la declaración de la Renta

Son, sin duda, situaciones que aumentan aún más las dudas que siempre puede generar la Renta. Por eso hay que tener en cuenta algunas de las partes claves del borrador, como la casilla 0695 que es, básicamente, el resultado a ingresar o a devolver (casilla 0670 o casilla 0695 de la declaración). El resultado de esa casilla puede ser positivo o negativo.

Negativo o a devolver

Cuando el resultado es negativo significa que la Renta ha salido a devolver. Es decir, que el contribuyente será quien cobre de Hacienda, pues tendrá derecho a la devolución de parte de los impuestos que ha ido adelantando al fisco a través de las retenciones en la nómina. 

Positiva o a pagar

Cuando la declaración sale a pagar, significa "a ingresar". Dicho de un modo más sencillo, el contribuyente será quien pague a Hacienda la cantidad que se vea reflejada en dicha casilla. 

Si sale a devolver, ¿cuándo me pagará Hacienda? 

En caso de presentar una declaración negativa y que, transcurridos varios días, Hacienda no haya devuelto el importe a pagar por su parte, no hay que preocuparse. Pese a que la Agencia Tributaria señaló el 3 de abril como el comienzo de las devoluciones, la normativa estipula un plazo más amplio, de hasta seis meses desde el último día de plazo de presentación de las declaraciones, en este caso el 30 de junio.

Una vez vencido el plazo, si por algún motivo tu devolución se retrasa por una causa imputable a Hacienda, te pagarán sumando un interés de demora sin necesidad de reclamarlo.

Mostrar comentarios