Ayudas del SEPE

Los requisitos para acceder al subsidio extraordinario por desempleo en 2021

Los trabajadores que hayan agotado otras prestaciones ordinarias por desempleo o los que hayan sido parados de larga duración pueden acceder a las ayudas dirigidas a gente con cargas familiares.

Billetes de euro.
Billetes de euro.
Imagen de wirestock en Freepik.

La coyuntura económica del último año ha incrementado las dificultades para encontrar empleo, lo que ha supuesto por ende un aumento del número de parados. A pesar de que en mayo, los datos han sido esperanzadores (se registró un descenso récord en el número de parados), todavía hay millones de familias que tienen que recurrir a algún tipo de subsidio o ayuda para incrementar o, directamente, tener algún tipo de ingresos que les permita llegar a final de mes. 

Eso sí, los beneficiarios de estas ayudas no solo 'deben' estar sin trabajosino que han de reunir otra serie de requisitos indispensables para cobrar el dinero. ¿Y qué pasa si he agotado el paro? Para aquellos parados de larga duración (más de un año ininterrumpido sin empleo) o que lo hayan agotado, pueden recurrir al subsidio extraordinario por desempleo. 

Las condiciones para cobrarlo

  • No haber recibido la ayuda previamente.
  • Haber sido cesado del último trabajo de forma involuntaria.
  • Tener responsabilidades familiares.
  • No haber cumplido la edad mínima para jubilarse (67 años, 65 si se han cotizado 38 años y 6 meses a la Seguridad Social e incluso antes en tras modalidades de jubilación).
  • No tener rentas superiores al 75% de la mensualidad del salario mínimo interprofesional (es decir, 712,50 euros).
  • No tener derecho a la protección por desempleo de nivel contributivo o asistencial.
  • No trabajar por cuenta ajena a tiempo parcial.
  • No haber recibido la ayuda del Programa de Activación para el Empleo 
  • Realizar la Búsqueda Activa de Empleo y aportar el certificado BAE.

Requisitos específicos

Por otro lado, existen otros requisitos para los diferentes casos que quieran solicitar el subsidio. Por un lado, quienes hayan agotado el paro después de marzo de 2018 deben haber constado como demandantes de empleo durante el mes de espera desde el agotamiento del subsidio anterior, sin haber negado una oferta de empleo ni haber dejado de acciones de promoción, formación o reconversión profesionales sin justificación.

Se excluyen de esta vía los parados que hayan extinguido el subsidio para trabajadores mayores de 52 años, el subsidio por desempleo en favor de los trabajadores eventuales incluidos en el Sistema Especial Agrario de la Seguridad Social o la renta agraria. Tampoco podrán solicitarla quienes hayan agotado la renta activa de inserción (RAI) o los programas de inserción PRODI o PREPARA, aunque estos podrán acceder a la segunda opción.

La alternativa para conseguir el subsidio extraordinario de desempleo es como un desempleado de larga duración. Además de los mencionados anteriormente, deben haber agotado la prestación contributiva o los subsidios ordinarios por desempleo, como decíamos. Deben haber permanecido como demandantes de empleo durante al menos 360 días en los 18 meses inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud. También es obligatorio estar inscrito como demandante de empleo a fecha 1 de mayo de 2018, aunque se puede interrumpir la inscripción para trabajar por cuenta ajena durante menos de 90 días.

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