Pensiones

Requisitos para poder cobrar una baja de larga duración en la Seguridad Social

Se considera una incapacidad temporal cuando puede durar más de seis meses, y puede extenderse hasta 365 días. 

Billetes de euro.
Billetes de euro.
Imagen de Racool_studio en Freepik.

Cuando un trabajador se ve forzado a abandonar su ocupación por padecer una enfermedad o por haber sufrido lesiones, tiene derecho a recibir ayudas económicas de manera que pueda compensar las pérdidas de ingresos que deriven de ese periodo de inactividad. Esta situación se considera una incapacidad temporal cuando puede durar más de seis meses, y puede extenderse hasta 365 días. Incluso puede prorrogarse 180 días más si lo autoriza el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), después que el trabajador pueda solicitar que le concedan el estatus de incapacidad permanente o puede extender el periodo de incapacidad temporal hasta dos años si no se ha recuperado ni puede volver a trabajar.

Respecto al inicio del reconocimiento de la incapacidad temporal, depende de cómo se clasifique la afección: si se considera que es una enfermedad profesional o un accidente de trabajo, el periodo comienza al día después de que se expide la baja, pero esto se retrasa hasta el cuarto día si la enfermedad o lesiones no corresponden al ámbito profesional. En cualquier caso, la situación debe estar certificada por un profesional médico, cuya aprobación vuelve a ser necesaria para cada una de las prórrogas y para dar el alta por haberse curado el afectado.

Para poder acceder a las prestaciones gestionadas a favor de las personas a quienes se les concede la incapacidad temporal, los trabajadores deben cumplir con algunas condiciones previas: deben estar dados de alta en la Seguridad Social (o en una situación asimilada, como lo sería el permiso de maternidad) y acreditar un periodo de cotización de 180 días o más durante los cinco años anteriores a la solicitud si se trata de una enfermedad común, ya que no hace falta comprobar esto si están en ese estado por una enfermedad o accidente profesional. 

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