Conocida como BAE

Requisitos al buscar empleo que se debe cumplir para cobrar el subsidio del SEPE

Entre los requisitos fundamentales para acceder a estas ayudas se deberá acreditar ante el servicio público de empleo autónomo la realización de, al menos, tres acciones de búsqueda activa de empleo. 

Euros y calculadora.
Euros y calculadora.
Imagen de Freepik.

La prestación contributiva, lo que comúnmente se conoce como paro, tiene el objetivo de proteger la situación de desempleo de aquellos que, pudiendo y queriendo trabajo, pierden su empleo de forma temporal o definitiva o vean reducida su jornada ordinaria de trabajo entre un mínimo de un 10% y un 70%. Hay que tener en cuenta, además, que la duración depende de las cotizaciones por desempleo que se hayan realizado en los últimos seis años anteriores a la situación legal de parado. Es decir, normalmente, aquellos desempleados de larga duración tienden a agotar esta prestación, por lo que se ven obligados a recurrir a otro tipo de subsidios del SEPE. 

En este apartado es cuando entran, por ejemplo, el subsidio por desempleo o la renta activa de inserción (RAI). Entre los requisitos fundamentales para acceder a estos se deberá acreditar ante el servicio público de empleo autónomo la realización de, al menos, tres acciones de búsqueda activa de empleo (BAE). Se consideran actuaciones de BAE cada una de las siguientes: 

  • Trabajo por cuenta propia o ajena.
  • Inscripción en, al menos, una agencia de colocación.
  • Envío o presentación de CV en, al menos, tres empresas distintas.
  • Realización de, al menos, una entrevista de trabajo.
  • Inscripción como solicitante de empleo en, al menos, dos portales de empleo públicos o privados.
  • Presentación, al menos, a una oferta de trabajo gestionada por los Servicios Públicos de Empleo.
  • Cualquier acción formativa o de información dirigida al autoempleo y emprendimiento, ofertada por los Servicios Públicos de Empleo.

Tal y como específica el SEPE: "Constituirá acreditación suficiente del cumplimiento de esta obligación el certificado expedido por una agencia de colocación que incluya, además de la inscripción de la persona solicitante en la misma, la realización por esta de dos de las actuaciones entre la tercera y sexta anteriores". 

Subida del subsidio por desempleo y la RAI 

Además, una de las últimas novedades que atañe al subsidio por desempleo y la RAI tiene que ver con los presupuestos generales del próximo año. Y es que los PGE han incluido una nueva subida del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), medida que desde el Ejecutivo se estuvo negociando hasta el último momento, tal y como adelantó La Información. Así las cosas, la subida será del 2,5%, una proporción que supone la mitad de lo que se incrementó este indicador en los PGE de 2021. El IPREM escalará a partir del 1 de enero hasta los 579 euros, unos 14 euros más respecto a los 564,9 euros actuales.

Recordemos que del IPREM depende la concesión de ayudas como subsidios por desempleo, ayudas al alquiler, acceso a una vivienda de protección oficial, becas de estudio o guardería, bono social eléctrico, etc. En este sentido, no como límite de ingresos, sino directamente como cuantía, afecta directamente a la cuantía del subsidio por desempleo y de la renta activa de inserción (RAI).

Con todo, la cuantía mensual de esta ayuda es igual al 80% del IPREM, es decir, actualmente es de 451,92 euros mensuales. Así, a partir de 2022 será de 463,2 euros mensuales con el nuevo IPREM. Exactamente la misma cifra para la RAI, que está destinada a aquellas personas que no tienen derecho a la prestación contributiva, ni tampoco a este subsidio por desempleo.

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