Rendimientos de trabajo

Lo que debe saber antes del rescatar su plan de pensiones: así tributa en el IRPF

Más de 60.000 familias se han visto obligadas a sacar el dinero de su plan de pensiones, como consecuencia de la crisis de la Covid.

Billetes de euro.
Billetes de euro.
Imagen de Freepik.

Los planes de pensiones son un tipo de producto financiero que permite incrementar el ahorro durante años para acceder a un complemento extra tras la jubilación. Como consecuencia de la coyuntura económica del último año, han sido muchos los que se han visto obligados a tirar de esta 'hucha' para recuperar sus ingresos. 

Según los datos que recoge el Consejo Económico Social (CES) en su 'Memoria sobre la situación socioeconómica y laboral de España 2020', la crisis económica ha obligado a más de 60.000 familias a rescatar sus planes de pensiones, tras haberse acogido a los supuestos de liquidez extraordinarios aprobados por el Gobierno para 'tirar' de estas huchas de ahorro para la jubilación.

Además de ese supuesto, existen otras causas en las que se puede cancelar un plan de pensiones. Por ejemplo, se permitirá recuperar el capital del plan de las pensiones si el titular acredita la pérdida de su capacidad laboral, ya sea por incapacidad permanente total, incapacidad permanente absoluta o gran invalidez. Para ello, se exigirá toda la documentación pertinente avalada por el organismo competente. El derecho a percibir las rentas se perdería si se demostrara que ya no se está en situación de incapacidad laboral.

También una situación legal de desempleo de larga duración sería motivo suficiente para cancelar el plan de pensiones si se demuestra, además de que hace falta estar inscrito como demandante de empleo y haber agotado las prestaciones de desempleo (o no tener derecho a ellas).

Tributación 

Aquellos interesados en rescatar su plan de pensiones deben saber las obligaciones que tendrán luego con Hacienda. Y es que tributa en el IRPF íntegramente como rendimientos del trabajo. Tal y como explica el banco BBVA, los rescates en forma de capital de participación con antigüedad a 2006 o anterior están bonificados con una reducción fiscal del 40%, por lo que tributarán solo por el 60% restante. 

Así, para contingencias que daten desde 2015, el plazo para aplicar esta reducción es de dos ejercicios fiscales. Entre 2011 y 2014, el plazo es de 8 ejercicios fiscales. Por su parte, aquellas contingencias en 2010 y anteriores, el plazo expiró el 31 de diciembre de 2018. La reducción será del 50% para las prestaciones percibidas en forma de capital por personas con discapacidad.

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