Inyección de liquidez de 14.000 millones

Sánchez permitirá a pymes y autónomos aplazar sus impuestos hasta noviembre

  • Podrán retrasar los pagos por IVA, IRPF o Sociedades, y se les permitirá de forma excepcional no ingresar las retenciones de las nóminas.
Subvenciones y ayudas disponibles para los autónomos
Subvenciones y ayudas disponibles para los autónomos

Las pequeñas y medianas empresas -entendidas como la que tienen una facturación inferior a los seis millones de euros- y los profesionales autónomos a los que la crisis del 'coronavirus' haya abocado a problemas de liquidez podrán aplazar el pago de sus impuestos hasta seis meses sin coste adicional alguno en concepto de intereses de demora, según ha anunciado este jueves el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, tras la reunión extraordinaria del Consejo de Ministros convocada para aprobar el primer paquete de medidas para paliar el impacto de la pandemia tanto sobre el sector sanitario como sobre el tejido productivo doméstico. 

La medida, que según fuentes del Ministerio de Hacienda implica una inyección potencial de liquidez de 14.000 millones de euros en el tejido empresarial de menor tamaño en el caso de que su aprovechamiento fuera masivo, busca facilitar que las pymes y autónomos a las que la crisis haya conducido a una carencia galopante de liquidez puedan esquivar temporalmente el pago de sus obligaciones fiscales hasta incluso el próximo mes de noviembre, en la esperanza de que para ese momento la parálisis de la actividad se haya superado y dispongan de una situación financiera más estable para atender al pago de sus impuestos.

En concreto, el esquema ideado por Hacienda prevé que los beneficiarios puedan aplazar los impuestos que les corresponda abonar desde la entrada en vigor del Real Decreto en el que se incluya la medida hasta el próximo 30 de mayo -ambos inclusive- durante un periodo de hasta seis meses, lo que en algunos casos les permitirá liquidar ese pago hasta en el mes de noviembre. El aplazamiento se concederá por un periodo de seis meses, pero el periodo de carencia durante el cual no tendrán que abonar ningún tipo de coste por ello será de tres meses, de modo que si la empresa o profesional beneficiaria de este esquema ingresa el dinero durante los tres meses siguientes no abonará interés alguno.

El nuevo marco aprobado este jueves por el Consejo de Ministros y que se incluirá en el Real Decreto de medidas urgentes contra el 'coronavirus' que entrará en vigor inmediatamente después de su publicación en el BOE - posiblemente este viernes- permitirá a sus potenciales beneficiarios posponer un pago trimestral de IVA, una declaración trimestral de IRPF e incluso el primer pago a cuenta del Impuesto de Sociedades con cargo a los beneficios de la primera parte del año 2020. 

El Ministerio de Hacienda ha decidido ir incluso un poco más allá y modificará temporalmente el marco tributario para permitir también que las pequeñas y medianas empresas y los profesionales autónomos con personal a su cargo eludan de forma excepcional el ingreso automático en la Agencia Tributaria de las retenciones practicadas en las nóminas de sus empleados que tiene la condición de inaplazable en la normativa tributaria, como un cauce más para apuntalar su liquidez. La aplicación normal de la legislación tributaria también se suspenderá de forma excepcional para permitir que las pymes y profesionales puedan aplazar del mismo modo las cuotas repercutidas del IVA y los pagos fraccionados correspondientes al Impuesto de Sociedades.

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