Caduca el 30 de junio

Sánchez ultima la prórroga al límite del alquiler al 2% con el mercado en auge

El índice de garantía de la competitividad ya supera la limitación, pero una ley de 2015 establece que superado ese nivel, se mantendrá igualmente en el 2%. Los contratos nuevos se encarecen mes a mes.

La ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez, interviene en una sesión plenaria, en el Congreso de los Diputados, a 6 de abril de 2022, en Madrid (España). La oposición pregunta hoy al Gobierno sobre el funcionamiento de las medidas económicas aplicadas para reducir la inflación; sobre su cambio de posición respecto al Sáhara; y sobre cuándo van a atender las reivindicaciones de los transportistas españoles. 06 ABRIL 2022;PLENO;CONGRESO;DIPUTADOS Eduardo Parra / Europa Press 06/4/2022
La ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez.
Europa Press

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ultima la prórroga de la limitación para la revalorización de los alquileres en el 2%. La ministra Raquel Sánchez comentó hace unos días que "si no hay cambios en las circunstancias, sobre todo en las medidas de carácter social, tiene lógica que el Gobierno las mantenga. Ante este escenario, el Gobierno prorrogará las medidas que sean necesarias para intentar amortiguar el efecto negativo de la crisis, entre ellas la limitación alquileres". Esta prórroga, sin embargo, no tendrá en cuenta la evolución del mercado ni la del índice de garantía de la competitividad (IGC). 

El IGC es la cifra que tomó el Ejecutivo como referencia para limitar el encarecimiento al 2%, tasa que alcanzó el índice en enero. Sin embargo, ese índice se ha revalorizado en los últimos meses y el último dato disponible alcanza el 3,6%. Así, aunque el real decreto reza que se debe tomar el último dato disponible para la actualización de los contratos, lo cierto es que se trata de un índice "topado" y aunque éste se sitúe por encima del 2%, ese será el nivel que se tendrá en cuenta, según confirman desde Transportes. La Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española fija que "de esta forma, se asegura que los contratos a los que se aplique este nuevo índice contribuyan a garantizar el mantenimiento de la competitividad de la economía en el medio plazo".

Es decir, si durante los meses en que se prorrogue la medida de limitar las subidas de precio, el índice continúa una evolución al alza, lo máximo que se podrán reevaluar los contratos de alquiler será un 2%. En el lado contrario, el índice no permite rebajas de precio. La misma norma indica que cuando este se sitúe por debajo del 0, los contratos ligados al IGC se mantendrán sin cambios, impidiendo una actualización que deprecie el contrato. Esta tasa se utiliza desde 2015 para la revisión de precios y consiste en una media de la inflación de la Eurozona y un corrector que resta la competitividad perdida por España desde 1999 y que actualmente se sitúa en el 0,25, según el Instituto Nacional de Estadística (INE).

Desde su creación, el índice ha estado siempre en terreno negativo hasta agosto del pasado año, cuando marcó un crecimiento del 0,53%. Desde entonces, ha seguido una tendencia alcista, igual que el índice de precios al consumo (IPC) en tasa interanual hasta marzo del pasado año. Así, el 3,6% del tercer mes del año es la tasa más elevada que ha registrado nunca el IGC desde que se publica por parte del INE. Entre febrero y marzo de este año, el IGC creció en casi un punto, del 2,7% al 3,6%.

Alquiler al alza

El Gobierno tampoco tendrá en cuenta la evolución del mercado para esta prórroga. Tal como publicó este periódico, los precios subieron de media en abril por encima del 2% para la vivienda disponible en alquiler. Es decir, las subidas de precios de los últimos meses ya anulan el tope establecido por Moncloa. Esto significa que si un inquilino y un propietario no llegan a un acuerdo, la vivienda podrá salir de nuevo al mercado con un precio más alto. Los inquilinos que tengan que buscar un hogar, lo harán, en la mayoría de los casos, con precios más altos que el que pagaban hasta el momento, según advertían fuentes del sector. 

La norma en la que se incluye la limitación del 2% y que caduca dentro de un mes, abre la puerta a que el inquilino y el propietario negocien un incremento de la renta y señala que este no podrá exceder "del resultado de aplicar la variación anual del índice de Garantía de Competitividad a fecha de dicha actualización". El tope al precio se aplica sin distinción sobre si el propietario es un particular o es un gran tenedor. 

Cabe recordar que la limitación del Ejecutivo no tiene impacto en la vivienda disponible porque afecta a contratos en vigor y no a aquellos de nueva firma. No obstante, el sector inmobiliario asume que la tendencia del mercado es contraria a la voluntad del Ejecutivo, que pretendía contener los precios de la vivienda y que estos no se contagiasen del encarecimiento de la cesta de la compra o de los productos energéticos. Algo similar ha ocurrido con el descuento de los carburantes, también incluido en el plan de respuesta a la guerra de Ucrania. El encarecimiento de la gasolina y el diésel han llegado a anular la mitad de la bonificación de 20 céntimos aprobada por el Gobierno.

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