Campaña de la Renta 2023

Estos son los seguros que podrás desgravarte en la declaración de la Renta

Algunas de las pólizas contratadas pueden desgravarse en la declaración dependiendo de las condiciones de contratación y de tipo de seguro.

Calculadora Renta
Calculadora Renta
PEXELS

Toca revisar las cuentas, ingresos y gastos de cara a la declaración de la Renta del pasado 2022. Aunque el sistema informatizado ya permite revisar el borrador y presentarlo tal cual si no hay ningún tipo de fallo, siempre es conveniente comprobar que hemos incluido todos los gastos y pagos que podemos desgravarnos para que el resultado final sea lo más ventajoso posible para el contribuyente. 

Los seguros son uno de los productos financieros que podríamos desgravarnos para reducir lo que tengamos que pagar, si toca, a la hora de hacer la declaración. Sin embargo, no todas las pólizas son desgravables. Depende del tipo de trabajador que seamos y del tipo de seguro, podremos incluir la póliza en la declaración o no. 

Aunque lo más aconsejable es comprobar cada supuesto individual, las gestorías dan varias claves generales que nos ayudarán a descubrir si podemos desgravarnos la póliza de seguros en cuestión.

El primer caso es el seguro del hogar vinculado a la hipoteca. Estos gastos son deducibles, al igual que la hipoteca en sí, siempre y cuando la contratación haya estado vinculada al préstamo para la vivienda antes del 1 de enero de 2013. La cantidad máxima para desgravarse es de un 15% y el límite máximo se queda en los 9.040 euros. Lo mismo sucede con los seguros de vida que estén asociados a una hipoteca. Las condiciones de vinculación de contratación son las mismas.

Por otro lado, si se tiene un inmueble en el alquiler, el propietario podrá deducirse todos los gastos asociados a su mantenimiento, entre los que se incluye el seguro por impagos, el del hogar o el de responsabilidad a terceros.

Seguros de vida y hogar si es trabajador autónomo

En lo que se refiere a los seguros de hogar y de vida, se podrán desgravar independientemente de la fecha de contratación siempre que el contribuyente sea un trabajador autónomo. El autónomo se podrá desgravar el seguro del hogar cuando este desempeñe la actividad profesional en casa, ya que se considera un gasto asociado al desarrollo de la profesión. Eso sí, solo se podrá desgravar la parte proporcional al lugar de la casa en el que se desempeñe la actividad de manera habitual. 

Lo mismo sucede con los seguros de vida, al estar considerados otro gasto relacionado con el ejercicio de la profesión. En ambos casos, las cantidades máximas a desgravar serán 500 euros, ampliables hasta los 1.500 si el contribuyente sufre discapacidad. 

Seguros médicos en la declaración de la Renta

Los trabajadores por cuenta ajena no podrán desgravarse los seguros médicos privados contratados, aunque las empresas sí que podrán incluirlos como gastos deducibles siempre que estas pólizas cubran al cónyuge del trabajador/a y a los hijos menores de 25 años. 

Los autónomos sí que podrán deducirse los seguros médicos, así como los de baja laboral o enfermedades graves, siempre que sean la alternativa al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Las primas para la propia cobertura serán deducibles hasta un máximo de 500 euros.

Como trabajadores autónomos, otros seguros de los que se podrán deducir los gastos son los de responsabilidad civil, robo y protección de mercancías, así como el de coche siempre que este proteja el vehículo que el autónomo use para el ejercicio de su profesión, única y exclusivamente. 

Mostrar comentarios