Puede conllevar una infracción grave

¿Me pueden quitar el paro por rechazar un empleo? El SEPE lo aclara

Uno de los requisitos para cobrar la prestación por desempleo es suscribir el compromiso de actividad, que puede conllevar una infracción grave, como la suspensión del paro, en caso de no aceptar una vacante.

¿Me pueden quitar la prestación por desempleo si rechazo un empleo? El SEPE lo aclara
¿Qué pasa si rechazas una oferta de empleo del SEPE?
Europa Press

Cuando una persona contratada por cuenta ajena se queda en paro, debe cumplir una serie de requisitos para poder solicitar y percibir la prestación por desempleo, esto es, una prestación contributiva gestionada por el Servicio Estatal Público de Empleo. Esta ayuda dependerá de la base de cotización del trabajador, ya que sirve para calcular la cuantía de la prestación que este recibirá una vez aprobada.

Para poder acceder a la prestación del SEPE hay que cumplir los siguientes requisitos. En primer lugar, la relación laboral haya finalizado por causas ajenas a la voluntad del trabajador, estar afiliado a la Seguridad Social y figurar como demandante de empleo, además de haber cotizado al menos un año en los seis meses anterior a la situación de desempleo y no haber cumplido la edad legal de jubilación. Con estos requisitos cumplidos, se puede acceder a dicha prestación, que el año que viene va a aumentar a partir de 2023 en, al menos, un 8,5%, según las previsiones lanzadas en las últimas semanas por el Gobierno de España.

Hasta ahora, la prestación que se percibía era un 70% de la base de cotización durante los primeros siete meses y, a partir del séptimo mes, la cuantía se reducía a un 50%. A partir del 1 de enero del 2023, esta reducción será al 60% en vez de a la mitad, por lo que los trabajadores que se encuentren en esta situación percibirán un 10% de su base reguladora de lo previsto. Igualmente, a partir de esta fecha las prestaciones por desempleo se revalorizarán un 8,5% para equipararlo a la subida sin precedentes del IPC, marcado por la elevada tasa de precios a causa de la invasión rusa en Ucrania. 

Sin embargo, para poder seguir percibiendo la prestación por desempleo de manera mensual hasta que se encuentre un trabajo, los desempleados deberán cumplir una condición más: firmar un compromiso de actividad que, en caso de incumplir, conllevará la retirada del paro.  Pero, ¿en qué consiste exactamente dicho compromiso de actividad?

¿Qué pasa si rechazas una oferta de empleo del SEPE?

Si se recibe la prestación por desempleo, hay que entender que rechazar un trabajo puede conllevar la anulación de la prestación o una penalización temporal. Como explican en la web del SEPE, una de las obligaciones de los demandantes de empleo que cobran el paro "es buscar activamente empleo y cumplir las exigencias del compromiso de actividad que se incluye en la solicitud de su prestación".

Por esta razón, rechazar una vacante del SEPE está considerado una infracción grave. La primera vez que el beneficiario se niegue a aceptar un empleo, perderá tres meses de prestación. La segunda vez, la sanción será de seis meses y, en el caso de que haya una tercera, la prestación será suspendida total y definitivamente. 

Eso sí, las ofertas que nos lleguen desde el SEPE también deberán cumplir con una serie de características para que se considere infracción su rechazo. Primero, debe ser un puesto acorde al solicitado por el desempleado y que esté relacionado con su profesión habitual, así como que se ajuste a sus aptitudes formativas y físicas o que sea la última profesión desempeñada por el beneficiario. 

Igualmente, la oferta laboral deberá ser igual o superior al Salario Mínimo Interprofesional y le puesto de trabajo debe estar en la localidad de residencia del trabajador o a un máximo de 30 kilómetros de distancia. 

¿Qué es compromiso de actividad?

Según los criterios del SEPE, es el compromiso que adquiere la persona solicitante o beneficiaria de las prestaciones a buscar activamente empleo y aceptar un puesto de trabajo adecuado. Esto quiere decir que la persona que cobra el paro se compromete a no rechazar ninguna de las ofertas de trabajo que le lleguen, siempre que cumplan con los criterios expuestos en el párrafo anterior. En caso de rechazo, se enfrentará a las sanciones citadas. 

Pero, además de cumplir con esta obligación, el compromiso de actividad también conlleva la participación del beneficiario en "acciones específicas de motivación, información, orientación, formación, reconversión o inserción profesional", explican la web del SEPE, con el objetivo de que así aumenten sus posibilidades de conseguir un nuevo puesto de trabajo. No acogerse a este tipo de iniciativas será motivo de una sanción leve.

No participar en este tipo de acciones de mejora de la empleabilidad no será sancionable si se está en los primeros 30 días de disfrute de la prestación y, por lo tanto, apuntarse a este tipo de cursos o formaciones será totalmente voluntario para estas personas. 

Mostrar comentarios