Sepla recurre el auto del juez sobre el accidente de Spanair por insuficiente

  • El Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas (Sepla) ha recurrido hoy ante los Juzgados de Instrucción el auto del juez que cierra la instrucción del "caso Spanair" por considerar que es "insuficiente en cuanto a la determinación de responsabilidades".

Madrid, 15 dic.- El Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas (Sepla) ha recurrido hoy ante los Juzgados de Instrucción el auto del juez que cierra la instrucción del "caso Spanair" por considerar que es "insuficiente en cuanto a la determinación de responsabilidades".

El sindicato ha señalado hoy, en un comunicado, que dicho auto se limita sólo a señalar a uno de los eslabones más débiles en la cadena de seguridad, el mecánico de mantenimiento, y ha adelantado que si el juez rechaza su recurso, apelará en una segunda instancia.

El Sepla no entiende cómo es posible que el juez admita que un accidente aéreo ocurre por múltiples causas y, a la hora de determinar responsabilidades, se centre sólo en una de esas causas.

Asimismo, el sindicato ha recordado que los empleados son el eslabón más débil en la cadena de seguridad y que ésta, en todo caso, comienza en los propios organismos reguladores.

En este sentido, ha alertado de la impunidad que este auto supone para la Dirección General de Aviación Civil, que permitió durante años que los MD-82 (el mismo modelo del avión siniestrado) volaran sin un sistema redundante de alarma, es decir, sin una aviso que alertara de un fallo en el sistema de alarma para el despegue (TOWS, Take Off Warning System/sistema de alarma de configuración inadecuada para el despegue).

Con el auto que ha recurrido hoy el Sepla, el juez ha finalizado la instrucción del caso después de tres años y medio, y se inicia el procedimiento abreviado para proceder a la apertura de la vista oral contra los dos mecánicos que atendieron el avión accidentado.

El auto supone también el sobreseimiento de la causa contra los otros tres imputados hasta la fecha, todos ellos cargos medios de Spanair, por lo que, para el Sepla, el juez "obvia la responsabilidad de otros agentes implicados directa o indirectamente en el accidente".

Aunque el juez se refiere en su exposición al informe inicial del órgano pericial colegiado -designado por él mismo- para ratificar la imputación de los dos mecánicos de mantenimiento, en el desarrollo del auto y para explicar el archivo de la causa a los otros tres imputados, el juez pasa de ampararse en el informe de sus peritos.

En cambio, recurre principalmente al informe técnico de la CIAIAC para exculpar a los directivos de Spanair y eximir de responsabilidades a otros agentes relacionados con el accidente, como el propio fabricante del avión, Boeing, y de las autoridades de aviación españolas y estadounidenses, ha recordado el sindicato.

En opinión del Sepla, en esta segunda parte del informe el juez se aparta de sus intenciones iniciales, ya que de hecho el informe del Órgano Pericial Colegiado también apunta a la implicación de responsables de Boeing y Aviación Civil, que no fueron capaces de implementar medidas correctoras para que la tripulación del MD-82 fuera alertada en caso de que el TOWS no funcionara.

Además lo hace a pesar de que las autoridades norteamericanas así lo recomendaran tras el accidente de Detroit de 1987, muy similar al de Barajas.

El Sepla ha hecho, asimismo, hincapié en que los argumentos del órgano pericial, que considera que de haberse emitido una directiva de aeronavegabilidad se habría evitado el accidente, "no sirven aquí al juez para continuar en la misma línea, y no considera siquiera implicación alguna de estos agentes ya que, a su juicio, no se cometió infracción de norma alguna".

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