Si el inquilino no paga el alquiler, ¿puede el arrendatario deducirlo en su Renta?

  • Los saldos de dudoso cobro son las cantidades que podrán deducirse.
Si el inquilino no paga el alquiler, ¿puede el arrendatario deducirlo en la declaración?
Si el inquilino no paga el alquiler, ¿puede el arrendatario deducirlo en la declaración?
Freepik

Cuando tu inquilino no te pague y tengas que hacer la declaración de la Renta, podrás incluirlo en esta para deducirte pagos no asumidos. La Agencia Tributaria ha previsto este tipo de situaciones y se pueden dividir en varios tipos.

El impago del alquiler es uno de los mayores miedos que tienen los arrendadores a la hora de alquiler una vivienda, pero qué pasa cuando llega la hora de hacer la declaración de la Renta, ¿podemos deducirnos esta deuda?

Como norma general, las rentas no cobradas se tienen que incluir en la declaración de la Renta en el año en que se tiene esta deuda. Si hay un juicio de por medio se deberá esperar a la resolución de este.

Según Hacienda, es obligatorio imputar los alquileres en la declaración, aunque no se hayan cobrado. Existe un caso en el que los impagos se pueden deducir si se cumplen una serie de requisitos. Si el moroso se halla en situación concursal, el casero deberá conseguir el auto de concurso y entregarlo al fisco como justificante. Si entre el primer intento de cobrar la deuda y la finalización del periodo impositivo hubiese pasado más de seis meses, se puede hacer una deducción de la misma.

Cuando se dé el caso de que una persona ha dejado de percibir ingresos por parte de su arrendado y desconociese que se puede deducir de esta deuda, hay que señalar que pueden exigir una rectificación de la declaración de la Renta a través de una solicitud de rectificación pasados cuatro años.

En los casos en los que finalmente el inquilino acabe pagando a su casero, deberá declarar estos ingresos al fisco. Estas cantidades se nombran ingresos del capital inmobiliario. También se incluirán en esta casilla las mensualidades de alquiler que no hayan sido pagadas con el justificante del contrato de arrendamiento correctamente en vigor.

Mostrar comentarios