Renta mínima

Solicitar el Ingreso Mínimo Vital: cómo hacerlo, dónde y a partir de cuándo

El BOE ya publicó el real decreto-ley de la renta mínima, aprobada el pasado viernes. Una ayuda que, se estima, llegará a unas 850.000 familias. 

Unas manos de mujer escriben en el teclado de un ordenador, sobre una mesa de madera.
Solicitar el Ingreso Mínimo Vital: cómo hacerlo, dónde y a partir de cuándo
Europa Press

A primera hora de esta semana, el BOE hacía oficial el real decreto-ley del Ingreso Mínimo Vital. Un escrito de unas 44 páginas que detallaba la que es la medida de mayor calado social, impulsada de forma urgente como consecuencia de la crisis, y que llegará a unas 850.000 familias. 

Tal y como se explica en el Boletín Oficial del Estado, esta renta mínima se configura como el derecho subjetivo a una prestación de naturaleza económica. El objetivo es garantizar un nivel mínimo de renta a quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad económica en los términos en los que se define en el presenta real decreto-ley. 

¿Supone esto que el Estado me va a dar 462 euros si tengo pocos ingresos? No. El Ingreso Mínimo Vital es una medida que servirá para cubrir la diferencia entre la renta existente y el umbral fijado para cada tipo de hogar. Por poner un ejemplo: una persona que viva sola y que tenga un trabajo a tiempo parcial con un sueldo de 200 euros. Bien, pues tendría acceso a la renta mínima que sería la diferencia hasta cubrir los 462 euros, que es el umbral que fija el Gobierno para un adulto sin hijos y que viva sin compañías. En resumen: recibiría 262 euros. 

Cómo y dónde tengo que solicitarla 

Se podrá solicitar en la página web de la Seguridad Social. Se debe acreditar la identidad de todos los miembros, residencia, domicilio, unidad de convivencia familiar y demanda de empleo para quienes no trabajen y sean mayores de edad. Además, también será necesario la declaración de la Renta o  certificado de empadronamiento.

También se habilitará un número 900, un asistente virtual y se podrá enviar la documentación por correo ordinario. En cuanto las autoridades sanitarias lo autoricen, se podrá dar cita presencial en los centros de la Seguridad Social

¿A partir de cuándo se puede solicitar la renta mínima?

Se podrá solicitar desde el 15 de junio, aunque las solicitudes desde ese día hasta el 15 de septiembre se pagarán de forma retroactiva desde el 1 de junio, con independencia de cuándo se concedan. 

¿Cuándo recibiré el dinero?

La idea según detalló el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá a 20 minutos, es que se reciba el ingreso a finales de junio. Se comunicará por carta o por SMS. Si no hay respuesta en tres meses, se entiende que se ha denegado la ayuda. 

Mostrar comentarios