A mediados de mes

Subsidio extraordinario por desempleo: cuándo se cobra en noviembre de 2021

Aquellos parados de larga duración que hayan agotado la prestación contributiva del paro pueden acceder a esta ayuda mensual extraordinaria. Lo habitual es que se cobre a mediados de mes.

Una mujer saca dinero de un cajero del Banco Santander.
Una mujer saca dinero de un cajero del Banco Santander.
EP

España ha superado este trimestre los 20 millones de trabajadores por primera vez en 13 años. Los resultados de la Encuesta de Población Activa del Instituto Nacional de Estadística reflejan que en este periodo se registró un crecimiento de 359.300 ocupados y una reducción de 127.100 desempleados. Como consecuencia, la tasa de paro cayó hasta el 14,57%. Se tratan de niveles que no se observaban desde el cuarto trimestre de 2008. 

Esta intensa creación de empleo vino acompañada de un descenso de 127.100 parados en el mismo periodo, la mayor caída en un tercer trimestre desde el año 2018, cuando el desempleo disminuyó en 164.100 personas. Así, a cierre de septiembre, el número total de parados se situó en 3.416.700 personas y la tasa de paro disminuyó casi siete décimas, hasta el 14,57%, su nivel más bajo desde el primer trimestre de 2020 (14,41%), con lo que se podría decir que esta referencia se sitúa ya en niveles prepandemia. Quienes continúan pendientes de un nuevo trabajo en su vida laboral o llevan más de un año en búsqueda activa y ya han agotado la prestación del paro pueden acceder a una ayuda adicional.

Cuándo se ingresa en cada banco

Aquellas personas que han agotado todas las prestaciones y continúan estando en situación de desempleo, pueden tener acceso a ciertas ayudas especiales. El subsidio extraordinario por desempleo está dirigido a los parados de larga duración, es decir, que llevan buscando trabajado durante más de un año, y que ya agotaron la prestación contributiva del paro.

Esta ayuda tiene una cuantía igual al 80% del IPREM, lo que corresponde a 451,92 euros y cabe destacar que es limitada. Solamente puede cobrarse por un periodo de 180 días y pasado ese tiempo no será posible solicitarla de nuevo.

Lo más habitual es que los bancos establezcan dicho pago entre los días 10 y 15 de cada mes. En esta ocasión no hay festivos ni fines de semana que coincidan con la fecha de ingreso, por lo que los beneficiarios lo recibirán en los días laborables correspondientes. Las entidades que se ajustarán a estas fechas para cobrarlas son:

  • Santander
  • ​BBVA
  • ​Banco Sabadell
  • ​CaixaBank
  • ​Bankinter
  • ​Cajamar
  • ​Unicaja
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