Madrid, 8 oct.- El Tribunal Supremo ha reconocido hoy a la empresa Don Simón el uso del término "Funciona" en sus productos, aunque tendrá que retirar y modificar la presentación actual, que supone un acto de competencia desleal hacia el Grupo Pascual por el que tendrá que pagar 494.354,73 euros por daños y prejuicios.
En el fallo de la sentencia, remitida a Efeagro por Grupo Pascual, el Supremo confirma que el grupo García Carrión, propietario de Don Simón, ha causado daños y perjuicios a Pascual y le condena a cesar la "fabricación, ofrecimiento, publicidad y comercialización" de "Don Simón Funciona" y "Don Simón Funciona Max", en su actual forma de presentación.
No obstante, matiza el fallo de la primera instancia y suprime la condena que determinaba el cese absoluto de comercialización de productos con la palabra "funciona", siempre que no se refiera al tipo de productos en litigio.
La sentencia cierra el conflicto entre estas dos empresas, después de que Pascual demandara a García Carrión por la utilización del término "Funciona" en una línea de productos similar a los zumos con leche que acuñó el grupo lechero dos años antes (en 2006) con el mismo nombre.
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