Tras la presión de la CEOE

Díaz cede y da tres meses a las empresas para formalizar contratos de teletrabajo

Las compañías que hayan implantado el trabajo a distancia excepcionalmente por la pandemia quedarán exentas de suscribir los acuerdos, según el borrador final del Ministerio de Trabajo.

Yolanda Díaz y Antonio Garamendi
Díaz cede y da tres meses a las empresas para formalizar contratos de teletrabajo
EP

El Ministerio de Trabajo ha remitido a los agentes sociales el borrador final de la norma que regulará el trabajo a distancia e incluye importantes novedades, con cesiones tanto para los empresarios como para los sindicatos. La principal responde a la demanda de la CEOE de conceder más tiempo a las empresas para formalizar los acuerdos de teletrabajo que serán obligatorios. En el borrador remitido tras la reunión del martes, al que ha tenido acceso La Información y que se espera que sea el definitivo, se amplía de un mes a tres meses el plazo para acordar con los trabajadores las condiciones de la relación laboral a distancia y formalizar los contratos. 

Esta modificación no exime a las empresas de aplicar la nueva ley desde el momento en el que entre en vigor, pero sí les da un mayor margen para oficializar los acuerdos alcanzados con las plantillas, tal y como había exigido la CEOE. En la última reunión, la patronal esgrimió la incapacidad de las empresas para hacer efectivo el proceso formal del teletrabajo a través de los acuerdos individuales obligatorios en el plazo de un mes, periodo que el Ministerio ha accedido a elevar hasta tres meses. No es un cambio menor, porque permite a las empresas esquivar el desarrollo de estos contratos en plena emergencia sanitaria, ya que está previsto que la norma se apruebe este mes en Consejo de Ministros por la vía rápida del real decreto Ley, de manera que los empresarios dispondrían de todo el último trimestre del año para formalizar los acuerdos y, aunque la evolución de la pandemia es incierta, se espera que la vacuna esté disponible a principios de 2021.

El acuerdo formal debe contener obligatoriamente un inventario de los medios que exige el desarrollo del trabajo a distancia y su vida útil, una enumeración de los gastos en los que pudiera incurrir el trabajador y la compensación de los mismos por parte de la empresa, el horario de trabajo, la distribución entre trabajo presencial y a distancia y el lugar de trabajo en cada caso, los plazos de preaviso para la reversibilidad del acuerdo, los medios de control empresarial de la actividad, los procedimientos en caso de dificultades técnicas, las cuestiones relativas a la protección de datos y la duración de la prestación de servicios a distancia. Esos son, a grandes rasgos, los contenidos mínimos de los acuerdos que las compañías deberán formalizar con la representación legal de los trabajadores y remitir a las oficinas de empleo para evitar las sanciones de hasta 6.250 euros.

Pero la ampliación del plazo para formalizar estos acuerdos no es la única novedad que contiene el último borrador. También se ha añadido una disposición transitoria que establece que "cuando el trabajo a distancia se haya implantado excepcionalmente en aplicación del artículo 5 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, quedará exceptuada la obligación de suscribir el acuerdo", de manera que aquellas empresas que no desarrollaran el teletrabajo antes de la pandemia y hubieran optado por opciones de trabajo a distancia a raíz de la emergencia sanitaria, como en la mayoría de los casos, no tendrán la obligación de suscribir y formalizar estos acuerdos. 

En paralelo, Trabajo ha accedido a la reclamación de los sindicatos de rebajar el periodo transitorio que tendrán las empresas que ya cuentan en sus convenios con acuerdos sobre la prestación de servicios a distancia para adaptarse a la nueva normativa. En concreto, el Ministerio ha reducido el plazo de tres años a un solo año, con la posibilidad de que la negociación colectiva acuerde un periodo superior, que en cualquier caso deberá ser inferior a los tres años. Esta modificación convence tanto a CCOO como a UGT para que la regulación se aplique cuanto antes en todos los convenios, según avanzan fuentes sindicales. La patronal, por su parte, hubiera preferido un plazo más amplio para facilitar la adaptación de las empresas, sin embargo, este no parece un gran escollo para el acuerdo.

La CEOE también ha arrancado, según consta negro sobre blanco en el nuevo borrador, un incremento de la jornada mínima desempeñada fuera del centro de trabajo exigida para que se considere teletrabajo. En el texto figura ahora un 30%, en lugar del 20% inicial, es decir, que se considerará teletrabajador -y, por tanto, le aplicará la nueva ley- a todo aquel que trabaje a distancia un día y medio a la semana. La patronal está satisfecha con este nuevo porcentaje porque evita la aplicación de la nueva regulación y todo lo que conlleva (asunción de los gastos por parte de la empresa, flexibilidad de horario, promoción y formación, desconexión digital...) a aquellas plantillas que teletrabajen tan solo un día a la semana, por ejemplo los viernes, una práctica generalizada en muchas compañías en España.

El personal laboral se queda fuera

El resto del documento no sufre cambios significativos respecto a la versión anterior, salvo algunos matices menores. Se mantiene, por ejemplo, la exclusión de la nueva regulación del personal laboral al servicio de las administraciones públicas, algo a lo que se han opuesto tanto la patronal como los sindicatos. Los primeros, por considerar que si el sector privado tiene que asumir los costes del teletrabajo, el público también, y los segundos por creer discriminatorio que se prive de estos derechos a parte de los trabajadores. El borrador mantiene que los laborales se seguirán rigiendo por el artículo 13 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores hasta que dispongan de su propia regulación para el trabajo a distancia, una cuestión que está pendiente de negociación con Función Pública. Fuentes del diálogo social explican que este es uno de los grandes escollos, pero a pesar de todo no descartan el acuerdo.

El borrador fue remitido el miércoles a los agentes sociales, horas después de la última reunión tripartita, y en estos momentos está siendo analizado por los equipos jurídicos de la patronal y los sindicatos y valorado por los negociadores. La intención del Ministerio es que esta sea la última versión del texto y cerrarlo con matices y el visto bueno definitivo de los interlocutores en los próximos días para llevarlo al Consejo de Ministros tan pronto como la semana que viene, según ha anunciado la propia ministra Yolanda Díaz. En un principio la norma iba a tramitarse como anteproyecto de Ley pero todo apunta a que finalmente se hará por real decreto Ley para su entrada en vigor inmediata. Con todo, las empresas tendrán cierto margen para adaptarse a la nueva normativa.

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