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Qué tipos de contratos de alquiler se pueden prorrogar por la crisis del Covid

El arrendatario tiene que solicitar de forma expresa al arrendador esta prórroga, que podrá ser de hasta seis meses, durante los cuales el contrato se desarrollará en las mismas condiciones.

Una hipoteca.
Qué tipos de contratos de alquiler se pueden prorrogar por la crisis del Covid
Imagen de Alexandr Podvalny en Pixabay

Se ha establecido una prórroga extraordinaria para paliar los efectos de la crisis sanitaria en dos momentos legislativos sucesivos. 

Primero fue el Real Decreto Ley 11/2020 de 31 de marzo, y más recientemente el Real Decreto Ley 26/2020 de 7 de julio. Las medidas implementadas consisten en conceder una prórroga extraordinaria de seis meses, obligatoria para el arrendador, a los contratos de arrendamiento que sean de vivienda habitual y que tuvieran como fecha final (contractual o resultante de la aplicación de los artículos 9 y 10 de la LAU) una que se incluya entre el 2 de abril y el 30 de septiembre de 2020.

Hasta seis meses

El arrendatario tiene que solicitar de forma expresa al arrendador esta prórroga, que podrá ser de hasta seis meses, durante los cuales el contrato se desarrollará en las mismas condiciones si las partes no pactan cosa diferente.

Obviamente, el arrendatario tiene que seguir haciendo los pagos durante esta prórroga a la que no puede negarse el arrendador.

*La respuesta ha sido elaborada por el despacho de abogados Echeandia & Alevito: www.echeandia-alevito.com

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