Cuántos tipos de oposiciones hay en España para ser funcionario

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En la actualidad en España hay más de dos millones y medio de trabajadores en las Administraciones Públicas, de los cuales más de la mitad, el 57%, son funcionarios de carrera. Los principales métodos para acceder a una plaza de funcionario son oposición o concurso, sin embargo el tipo de oposición varía según el cuerpo de funcionario al que se quiera acceder.

En concreto, los funcionarios de carrera se diferencian en tres grandes grupos según la titulación mínima con la que deben contar. De acuerdo al Estatuto Básico de Empleo Público, la clasificación es la siguiente:

- Grupo A. A su vez se divide en el subgrupo A1, quienes tengan título universitario de Grado, Ingeniero, Arquitecto, Licenciado o equivalente, y el subgrupo A2, para quienes tengan título universitario de Grado, Ingeniero técnico, Arquitecto técnico, Diplomado universitario, Formación profesional de tercer grado o equivalente.

- Grupo B. Para acceder a una plaza de esta categoría el solicitante deberá contar con un título de Técnico Superior.

- Grupo C. También se divide en dos subgrupos, C1, exige estar en posesión del título de Bachiller o Técnico o equivalente, y C2, para el que es necesario un título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.

Pero, más allá del grupo al que se va a poder acceder según la titulación con la que cuentes, las oposiciones también variarán según la Administración a la que pertenezca la plaza que se oposita. La Administración española está compuesta por la Administración Central, integrada por los Ministerios, la Secretaría de Estado, Directores Generales, Subsecretarios y Delegados del Gobierno entre otros; Autonómica; Local, competencia de provincias y municipios; e Institucional, los organismos públicos.

Requisitos para opositar

En caso de querer opositar, hay que tener en cuenta que además de la titulación que se exija, el aspirante deberá cumplir unos requisitos generales: tener nacionalidad española, más de 16 años y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa y no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier otra Administración Pública.

Respecto a la nacionalidad española como requisito para acceder al empleo público, la norma extiende esta posibilidad a quienes tengan la nacionalidad de algún país miembro de la Unión Europea o a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

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