Por una obligación legal

Díaz deberá tramitar a pérdidas miles de reintegros por pagos indebidos del Sepe

  • Una norma obliga a Trabajo a reclamar todas las deudas que superen los seis euros. Admiten que los costes de gestión superan el potencial ingreso.
Fotografía Yolanda Díaz, Consejo de Ministros / EFE
Fotografía Yolanda Díaz, Consejo de Ministros / EFE

La gestión por parte del Servicio Público de Empleo Estatal (Sepe) de los expedientes de reintegro por la percepción indebida de prestaciones por parte de desempleados dista de ser modélica. El propio organismo ha llegado a reconocer en sus informes anuales que no tiene muy claro a cuánto asciende todo lo que se le debe por pago de prestaciones indebidas, aunque tiene localizadas alrededor de 620 millones de euros en deudas por ese concepto, y tanto el Tribunal de Cuentas como la Intervención General del Estado le han afeado el caos en este aspecto.

Los constantes tirones de orejas al organismo de la última década empezaron a surtir efecto en 2018, cuando el organismo empezó a clasificar las deudas pendientes tanto en vía ejecutiva como en vía voluntaria y a hacer un seguimiento de la gestión de las mismas para optimizar su cobro, lo que le permitió recuperar 108 millones de euros en ese ejercicio. Sin embargo, una norma interna le va a obligar a partir de ahora a tramitar a pérdidas miles de expedientes de reintegro de prestaciones abonadas de manera indebida que por su escasa cuantía lejos de generarle un ingreso, le van a provocar un coste, según admiten fuentes del Ministerio.

La normativa en cuestión obliga al Sepe a reclamar la devolución en vía voluntaria de todas las deudas por intereses de demora que superen los seis euros, una cuantía tan reducida que es imposible amortizar el coste administrativo de su gestión, según señalan fuentes ministeriales. "Hasta ahora no reclámabamos importes inferiores a 30 euros. Nos gustaría que la norma elevase ese umbral porque el coste de reclamar suele ser mayor que la deuda en sí", aseguran estas fuentes.

El asunto es que el Sepe aplicaba por defecto el mismo umbral de 30 euros que aplicaba la Agencia Tributaria para la gestión de las deudas del organismo en vía ejecutiva, la que se abre cuando la reclamación en vía voluntaria no logra su objetivo de recuperar la deuda. Sin embargo, la regulación de la vía voluntaria se rige por otra normativa y ésta exige que se reclamen todas las deudas que superen los seis euros. Fuentes del Ministerio aseguran que serían más partidarios de mantener el umbral de 30 euros e incluso mencionan que en las empresas públicas, por ejemplo, ése se establece en 100 euros.

El efecto práctico es que el Sepe deberá tramitar a partir de ahora miles de expedientes de escasa cuantía para reclamar intereses de demora de un puñado de euros por deudas que rara vez superarán los 100 euros. Ya no es sólo que el asunto generará un coste económico al Sepe por los costes de tramitación del mismo, sino que le generará un daño reputacional cuando personas que tengan que devolver cuantías muy reducidas vean como el Ministerio les carga encima un interés de demora mínimo.

Descontento con la gestión de cobro de la Agencia Tributaria

Más allá de este asunto, la redacción de la resolución del Sepe que sustancia este cambio regulatorio apunta un problema de fondo en la gestión de las deudas en vía ejecutiva por parte de la Agencia Tributaria, que también puede explicar ese caos en la gestión de los reintegros de prestaciones indebidas por desempleo que denunciaban el Tribunal de Cuentas o la Intervención del Estado.

La norma revela "la gran y negativa incidencia que se deriva de los envíos de las deudas derivadas de expedientes de reintegro de subvenciones del Organismo a la Agencia Tributaria para su recaudación en vía ejecutiva" y desde el Ministerio de Trabajo se manifiesta la voluntad de modificar el acuerdo de relación entre ambos organismos para la gestión de las deudas en vía ejecutiva.

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