Un abogado reclama la responsabilidad del Banco de España en la CAM

  • El abogado Diego de Ramón ha presentado una reclamación ante el Banco de España en la que se apela a la responsabilidad patrimonial del regulador por incorrecta supervisión en las pérdidas derivadas de la mala gestión de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM).

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Madrid, 8 mar.- El abogado Diego de Ramón ha presentado una reclamación ante el Banco de España en la que se apela a la responsabilidad patrimonial del regulador por incorrecta supervisión en las pérdidas derivadas de la mala gestión de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM).

Además, según el documento de registro al que ha tenido acceso Efe, el Banco de España ha admitido "como prueba" los catorce escritos enviados desde 2007 por el abogado Diego de Ramón al organismo, en los que alertaba sobre el deterioro de las cuentas de la caja alicantina y pedía su intervención.

Este letrado es el mismo que presentó una querella contra los antiguos directivos de la CAM, que ha sido admitida a trámite por la Audiencia Nacional.

El Banco de España ha señalado que estudiará toda la información aportada por el abogado y que responderá como hace con todas las reclamaciones que se presentan.

De Ramón presentó en el mes de noviembre la reclamación, que se refiere en exclusiva a los daños sufridos por él como consecuencia de la mala gestión de la caja.

En el texto, señala que los catorce escritos ahora incorporados como prueba fueron rechazados en su momento por el servicio jurídico del Banco de España porque, a su entender, aludían a cuestiones "de carácter reservado".

La reclamación se ampara en un informe emitido por la Comisión Europea en 2010, en el que acusa al organismo regulador español de haber fallado en el control de la burbuja inmobiliaria, lo que De Ramón interpreta como un "funcionamiento anormal del servicio público".

Así, a su entender, el caso cumple todos los requisitos exigidos para requerir la responsabilidad patrimonial de la administración.

En primer lugar, señala que existe un daño ilegítimo, porque las pérdidas derivan de la falta de supervisión de las administraciones públicas sobre la actividad que llevaba a cabo la CAM.

Además, ve un vínculo claro entre la lesión y la institución que la produce, el daño material se puede individualizar y evaluar económicamente, este perjuicio es el resultado directo del anormal funcionamiento del servicio público y no se debe a una causa de fuerza mayor, ya que era una situación previsible y evitable.

Según cita la reclamación, el informe de la Comisión Europea señala que el Banco de España tenía información privilegiada suficiente como para haber tomado medidas que evitaran o aliviaran la burbuja inmobiliaria.

Para cuantificar el daño económico, el abogado apunta a los perjuicios derivados del dinero que se ha dejado de dedicar a la obra social desde que la CAM empezó a registrar pérdidas, lo que dividido entre toda la población española daría una cantidad mínima.

Así, el abogado confía en que en caso de que finalmente el Banco de España reconozca su responsabilidad patrimonial en este asunto, el importe que se devolverá "será meramente simbólico".

Sin embargo, para el letrado, constituiría la primera vez que el organismo regulador admite que no cumplió correctamente sus funciones de supervisión y asume responsabilidad patrimonial, lo que dejaría la puerta abierta a futuras reclamaciones, apunta.

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