Un juzgado condena a SAS a pagar 6,3 millones a Quantum Air, antigua AEBAL

  • El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Palma de Mallorca ha condenado a SAS a abonar 6,3 millones de euros a Quantum Air al entender que la aerolínea escandinava debe responder frente a la concursada de "todas y cada una" de las deudas contraídas, según la sentencia a la que ha tenido acceso EFE.

Madrid, 24 oct.- El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Palma de Mallorca ha condenado a SAS a abonar 6,3 millones de euros a Quantum Air al entender que la aerolínea escandinava debe responder frente a la concursada de "todas y cada una" de las deudas contraídas, según la sentencia a la que ha tenido acceso EFE.

En la misma, el juez indica que SAS -que vendió junto con Spanair Holding acciones de Quantum Air (antigua AEBAL) a Proturin- debe responder frente a la concursada, "pese a las limitaciones incluidas en el contrato de compraventa por todas y cada una de las deudas que no se encontrasen recogidas en el balance de cierre, por falta de veracidad y exactitud en la actuación de la vendedora".

El 13 de enero de 2009, SAS AB y Spanair Honding formalizaron un contrato de compraventa de acciones de la antigua AEBAL con la sociedad Proturin, en el marco del cual los vendedores se comprometían a responder de las obligaciones que se derivasen de la operación.

En virtud del contrato de compraventa, los vendedores se comprometían a efectuar los pagos necesarios para saldar totalmente la deuda con terceros "que hubiese podido generarse con posterioridad a la fecha del balance de cierre y hasta el día antes de la firma del mismo".

Asimismo, SAS se comprometía a pagar al comprador la parte proporcional de los gastos directos de mantenimiento de la aeronaves y se fijaba una indemnización ante la falta de "veracidad y exactitud" de las declaraciones y garantías de los vendedores.

Según recogía la administración concursal de la compañía, SAS adeudaba a Quantum Air un crédito de 6,3 millones fruto de una deuda existente con terceros anterior a la firma del contrato de compraventa y que correspondía a trabajos de mantenimiento realizados a aeronaves.

En el momento en el que se produjo la venta, indica la sentencia, un directivo de la compañía propuso incluir en el balance de cierre de SAS una previsión en concepto de mantenimiento de unos 19 millones, que finalmente, y contra las recomendaciones de la auditora Deloitte, no se reflejó.

En consecuencia, el juez ha solicitado que se modifique el inventario de bienes y derechos de Quantum, a la que se le ha reconocido un crédito de 6,3 millones frente a SAS.

Quantum Air denuncia que, ante los incumplimientos que surgieron por los vendedores, los accionistas de la compañía se vieron abocados a solicitar la suspensión de sus operaciones de vuelo y el concurso de acreedores.

Los accionistas de la aerolínea, la sociedad Proturin presidida por Antonio Mata, iniciaron distintas acciones legales contra SAS en relación con los graves incumplimientos que, a su juicio, surgen del contrato de compraventa.

Igualmente, Quantum está a la espera de que se resuelva la acción de responsabilidad social iniciada contra los antiguos administradores de la sociedad, para los cuales se pide una indemnización solidaria de 31,3 millones por los daños causados en el patrimonio de AEBAL.

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