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Venta de vivienda: ¿qué significa el contrato de exclusividad inmobiliaria?

Cuando un vendedor firma la exclusividad con una inmobiliaria o mediador no siempre sabe a qué se compromete, lo que en ocasiones da lugar a conflicto que acaba en los tribunales.

Un alquiler.
Un alquiler.
Imagen de Freepik.

PREGUNTA

  • Voy a poner a la venta mi casa y estoy pensando en recurrir a los servicios de una inmobiliaria, pero me exige exclusividad. Me gustaría saber qué implica exactamente esa exclusividad y a qué me comprometo exactamente.

Cuando un vendedor firma la exclusividad con una inmobiliaria o mediador no siempre sabe a qué se compromete, lo que en ocasiones da lugar a conflicto que acaba en los tribunales.

En primer lugar, debe saber que la jurisprudencia considera perfectamente válida la cláusula de exclusividad –amparada por el principio de autonomía entre las partes-, siempre que sea clara y comprensible, no sea contraria a la buena fe, ni genere desequilibrio entre las obligaciones de las partes.

Obviamente, ello nos obligaría a analizar el contenido de la cláusula que le proponen a usted para ver si cumple tales condiciones.

Por lo general, la exclusividad se pacta por plazo determinado y con ella se compensa el esfuerzo que el intermediario realiza en publicidad y demás aspectos para conseguir la venta del inmueble a cambio de una comisión. El cumplimiento de dicho pacto impide que el propietario venda su inmueble sin el apoyo de la agencia o a través de otros intermediarios durante el período de exclusividad y, caso de hacerlo, debe abonar igualmente la comisión pactada con el intermediario.

En este sentido, destacamos la sentencia del Tribunal Supremo de 10 de mayo de 2.019, que estableció que la venta de un inmueble por su propietario durante el periodo pactado de exclusividad, supuso una vulneración del principio de buena fe contractual que generó un evidente perjuicio al intermediario, no sólo por las ganancias dejadas de obtener a título de honorarios, sino por la falta de compensación de los gastos de inversión y medios desplegados. Todo lo cual llevó a la Sala a estimar la pretensión de la inmobiliaria, condenando al particular al abono de la comisión pactada.

*La respuesta ha sido elaborada por el despacho de abogados Echeandia & Alevito: www.echeandia-alevito.com

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